Prohibición de demoler edificios históricos de la Ciudad con antigüedad previa a 1941

Ratifican la prohibición de demoler edificios históricos de la Ciudad

La Justicia porteña confirmó la medida cautelar que prohibió la demolición de edificios de la Ciudad con antigüedad previa a 1941 y, al mismo tiempo, intimó a que se “efectivice un proceso de protección adecuada y oportuna” de esos inmuebles.

La Sala Uno de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario, con las firmas de los jueces Mariana Díaz y Fabiana Schafrik de Núñez, ratificó la vigencia de una medida cautelar promovida por la Asociación Civil Basta de Demoler “por la Preservación del Patrimonio Arquitectónico de Buenos Aires”, la Fundación Ciudad y la Asociación Civil y Vecinal S.O.S Caballito por una Mejor Calidad de Vida.

Las entidades reclamaron “un proceso de protección adecuada y oportuna de aquellos inmuebles que presenten valor patrimonial” y que “se prohíba al Gobierno porteño autorizar permisos de demolición, reformas, ampliaciones o cualquier construcción nueva (incluyendo el registro de planos) con respecto a la totalidad de los inmuebles de propiedad pública o privada que se encuentren emplazados dentro del territorio de la ciudad, cuyos planos hayan sido registrados antes del día 31 de diciembre de 1941 o, en su defecto, cuyo año de construcción asentado en la documentación catastral sea anterior a esa fecha”.

Lo hicieron ante el inminente fin de la vigencia de una ley que justamente protege ese patrimonio histórico en la Capital Federal, y por esa razón “peticionaron que la medida cautelar tuviera vigencia hasta tanto se cumplieran lo requerido, o la Legislatura culminara el debate parlamentario de los proyectos de ley referidos a la protección de los inmuebles, o bien la demandada implementara un sistema de protección del patrimonio histórico, arquitectónico y cultural de la ciudad, que incluya un inventario completo y acabado de los inmuebles a proteger”.

La cautelar ratificada por la Cámara estableció que “hasta tanto se dicte sentencia definitiva en esta causa no se otorguen autorizaciones o permisos de demolición, reformas, ampliaciones y/o cualquier construcción nueva (incluyendo el registro de planos), con respecto a la totalidad de los inmuebles de propiedad pública o privada emplazados en la Ciudad de Buenos Aires, cuyos planos hayan sido registrados antes del 31 de diciembre de 1941”.

La medida alcanza a los inmuebles “cuyo año de construcción asentado en la documentación catastral sea anterior a dicha fecha, así como de aquellos que se encuentren incluidos en el inventario de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires en la categoría Edificios Representativos, a menos que el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales haya resuelto previamente, en forma expresa e individualizada, que el bien no posee valor patrimonial”.