Boleto estudiantil empresas de transporte se niegan a implementar y facilitar

El Defensor del Pueblo Alejandro Amor exhortó al Secretario de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano porteño a que adopte las medidas y acciones tendientes a que las empresas de transporte den cumplimiento a lo establecido en la ley local 5.656 de creación de un régimen especial de Boleto Estudiantil en la CABA.

A raíz de los reclamos recibidos en la Dirección de Educación, Ciencia, Cultura y Tecnología dependiente de la Subsecretaría de Derechos Sociales de la Defensoría, iniciados por padres y madres de alumnos/as de nivel medio/secundario con motivo de la negativa de personal de la empresa Metrovías S.A. y empresas de transporte automotor de pasajeros a permitir el acceso al servicio a estudiantes que exhibieron la credencial de Boleto Estudiantil que habían tramitado conforme lo establecido por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y lo establecido en la ley local 5.656 de creación de un régimen especial para los usuarios de servicios públicos de la Red de Subterráneos de Buenos Aires, Premetro y de Autotransporte Público de pasajeros de carácter urbano y suburbano de jurisdicción nacional, el Defensor del Pueblo Alejandro Amor dictó la resolución 1.370/16 en la que recomendó al secretario de Transporte del Ministerio de Desarrollo Urbano Juan José Méndez que:

-Adopte las medidas y acciones tendientes a que las empresas de transporte den cumplimiento a lo establecido en la ley 5.656, absteniéndose de implementar procedimientos y requisitos no contemplados en esa norma;

-Adopte los recaudos tendientes a armonizar el descuento instituido en la ley 23.673 con el derecho consagrado en la ley 5.656; y

-Articule con las dependencias competentes de jurisdicción nacional, a fin de incorporar al régimen de la ley 5.656 a los/as estudiantes que asistan a escuelas de la Ciudad de Buenos Aires y se movilicen a través del transporte ferroviario.

En su resolución, Amor concluyó que «las denuncias recibidas en la Defensoría dan cuenta de la inobservancia de la ley 5.656 por parte de algunas empresas de transporte alcanzadas por ella, por lo que dado lo avanzado del año escolar y el proceso en curso de reglamentación de esa norma, corresponde sin más trámite poner la presente en conocimiento de las dependencias competentes de la administración y de los entes de control a los fines de que se adopten los recaudos tendientes a garantizar a todos/as los/as estudiantes el goce efectivo del derecho instituido por la mencionada ley, al tiempo que se establezcan articulaciones con las dependencias y organismos de control de jurisdicción nacional y provincial tendientes a armonizar las mencionadas normas según su alcance y ampliar el universo de beneficiarios en concordancia con el principio pro hominis».