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¿Cómo contagiarnos de coronavirus? Lavarse las manos ayuda a reducir el riesgo de infección.

¿Cómo se transmite el coronavirus?

Se transmite de una persona a otra a través de las gotas procedentes de la nariz o la boca que salen despedidas cuando la persona infectada tose, estornuda o habla, por contacto con manos, superficies u objetos contaminados. Por eso es importante mantener distanciamiento social y tomar las precauciones de contacto que se describen más abajo.

FUENTE
https://www.argentina.gob.ar

Un equipo de investigadores del University College de Londres, Reino Unido, demostró que lavarse las manos con cierta frecuencia ayuda a reducir el riesgo de infección por el nuevo coronavirus, según un estudio publicado en la revista Wellcome Open Research.



Los especialistas evaluaron a un grupo 1.633 personas, a quienes se les hicieron pruebas para determinar la presencia del SARS-CoV-2 mediante muestras tomadas de las cavidades nasales y la boca. A los participantes también se les realizó una encuesta sobre sus hábitos de higiene.

Los voluntarios fueron divididos en tres grupos según la frecuencia del lavado de manos. En el primero los científicos colocaron a pacientes que desinfectan sus manos cinco o menos veces al día, en el segundo, de seis a diez veces y en el tercero, más de diez veces al día

Después de un riguroso análisis estadístico de los datos, los especialistas determinaron que en el grupo con una frecuencia moderada de lavado de manos, es decir quienes se se lavaban las manos de seis a diez veces por día, el riesgo de contagio disminuyó en un 36%.

Mientras tanto, en las personas que se lavan con más frecuencia no se evidenció una disminución considerable del riesgo de enfermarse de covid-19.

«Estos hallazgos representan evidencia empírica importante del valor del lavado de manos», señalan los autores, explicando que las campañas de comunicación pública sobre la importancia de la higiene son eficientes durante la pandemia.

Contrario a lo que se creía en un comienzo, son muchos los investigadores que aseguran que es poco común contagiarte de coronavirus entrando en contacto con una superficie contaminada, así como también durante un encuentro fugaz y al aire libre con personas que estén infectadas. En cambio, una de las circunstancias más comunes para los contagios serían los encuentros cara a cara y las interacciones entre personas durante períodos prolongados.

Los escenarios donde el riesgo de contagio es alto son en eventos masivos, en los espacios mal ventilados y en los lugares donde la gente habla en voz alta o canta, así lo determinan un grupo de expertos citados por un artículo de The Wall Street Journal.

Estos descubrimientos y acuerdos recientes entre la comunidad científica están ayudando a las empresas y a los distintos gobiernos a idear estrategias de reapertura que no pongan en riesgo la salud pública, mientras las economías vuelven a ponerse en marcha. Las estrategias incluyen la instalación de barreras de plexiglás o polimetilmetacrilato, la exigencia y extensión del uso de máscaras faciales en tiendas y otros espacios de tránsito, la implementación de buenos sistemas de ventilación y el mantenimiento de las ventanas abiertas cuando esto sea posible.

Los resultados de las últimas investigaciones, viendo las medidas que se tomaron en distintas ciudades, demostraron que las cuarentenas (que incluyen órdenes de quedarse en casa, prohibiciones de grandes reuniones y cierres de negocios) en efecto previnieron millones de infecciones y muertes en todo el mundo.

En todos los casos, las recomendaciones para llevar adelante una reapertura incluyen los testeos masivos, el rastreo de contactos y el aislamiento de personas infectadas o potencialmente expuestas al virus.

Un factor importante sobre la transmisión del virus es que acciones que pueden ser inofensivas como hablar y respirar producen partículas respiratorios que pueden dispersarse a lo largo de las corrientes de aire y potencialmente infectar a las personas cercanas. Los autoridades sanitarias han identificado el contacto de las personas con microgotas respiratorias como el principal modo de transmisión de COVID-19. Estas pueden pasar de una persona a otra si caen en los ojos, la nariz o la boca. Pero generalmente tienden a caer al suelo o sobre otras superficies con bastante rapidez.

La ventilación adecuada, en la que se fuerza el aire hacia el techo y se bombea hacia afuera, o que implica la entrada de aire fresco a una habitación, diluye la cantidad de virus en un espacio, reduciendo el riesgo de infección.

Otro factor de contagio para el coronavirus son las exposiciones prolongadas. Generalmente implica períodos de más de 15 minutos de contacto desprotegido con alguien a menos de 2 metros de distancia, dijo John Brooks, director médico de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de EEUU, a cargo de la respuesta al coronavirus. Sin embargo, advirtió que se trata solo de una regla general. Podría tomar mucho menos tiempo con un estornudo en la cara u otro contacto íntimo donde se emiten muchas gotas respiratorias.

Los supercontagiadores

Lea Hamner, epidemióloga estadounidense y autora de un estudio que advirtió sobre el potencial de los “supercontagiadores” en eventos, detalló cómo en en una práctica de coro de una iglesia del estado de Washington el 87% de los asistentes se infectaron. Los miembros del coro cambiaron de lugar cuatro veces durante la práctica de dos horas y media, estuvieron apretados en un espacio cerrado y eran personas en su mayoría mayores y, por lo tanto, más vulnerables a las enfermedades, explicó la especialista. En total, 53 de los 61 asistentes a la práctica se infectaron, incluida al menos una persona que tenía síntomas. Dos de ellos murieron.

Una dinámica de transmisión similar podría darse en otros entornos donde la respiración es agitada y se habla en voz alta durante períodos prolongados, como pueden ser los gimnasios, las actuaciones musicales o teatrales, las conferencias, las bodas y las fiestas de cumpleaños.

La llamada tasa de ataque -esto es, el porcentaje de personas infectadas en un lugar y tiempo específico- puede ser muy alta en eventos concurridos, hogares y otros espacios donde muchas personas están en contacto cercano y prolongado. En efecto, se estima que el 10% de las personas con COVID-19 son responsables de aproximadamente el 80% de las transmisiones, según un estudio publicado recientemente en Wellcome Open Research.

La tasa de contagio del COVID-19 en los hogares oscila entre el 4,6% y el 19,3%, según varios estudios. Fue mayor para los cónyuges, con 27,8%, que para otros miembros del hogar, con 17,3%, de acuerdo a un estudio realizado en China.

Nadie sabe con certeza cuánto virus se necesita para que alguien se infecte, pero estudios recientes ofrecen algunas pistas. En una investigación cuyos resultados fueron publicados recientemente en la revista Nature, los científicos afirman que no pudieron cultivar el coronavirus vivo si el hisopo o mililitro de esputo de un paciente contenía menos de un millón de copias de ARN viral.

Políticas cambiantes

En base a lo que ahora se sabe del virus y cómo se contagia, algunas políticas sanitarias están cambiando. El protocolo estándar cuando alguien que da positivo es ponerlo en cuarentena en su casa. Algunas ciudades ofrecen alojamiento temporales gratuito donde las personas infectadas pueden permanecer de manera voluntaria, para evitar transmitir el virus a los miembros de la familia.

El Centros para el Control y Prevención de Enfermedades en EEUU (CDC, por sus siglas en inglés) instó recientemente a los estadounidenses a que sigan usando máscaras y a mantener la distancia social mientras los estados reabren sus economías.

“Cuanto más se interactúa con los demás, cuanto más dura la interacción, mayor es el número de personas involucradas en la interacción, mayor es el riesgo de propagación de COVID-19”, dijo Jay Butler, funcionario en CDC.

Las pautas de la CDC para empleadores cuyos trabajadores están regresando a sus puestos de trabajo incluyen el uso de máscaras, las limitaciones al uso del transporte público y a los ascensores para reducir la exposición, así también como la prohibición de abrazos, apretones de manos y golpes de puño. La agencia también sugirió construir tabiques de plástico entre escritorios a menos de 1,8 metros de distancia.

Expertos determinaron que estar al aire libre es generalmente más seguro debido a que las partículas virales se diluyen más rápidamente. Pero las gotas pequeñas y grandes representan un riesgo incluso al aire libre, cuando las personas están en contacto cercano y prolongado.

La revista Nature publicó un estudio donde científicos afirman que no pudieron cultivar el coronavirus vivo si el hisopo o mililitro de esputo de un paciente contenía menos de un millón de copias de ARN viral. Con base en lo que ahora se sabe del virus y cómo se contagia, algunas políticas sanitarias están cambiando.

CABA

La justicia intimó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a reforzar las medidas de seguridad del personal de Salud en los hospitales públicos y tomó por incumplida la medida en lo que refiere a Provincia ART

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.° 18, Marcelo López Alfonsín, intimó al GCBA a reforzar el cumplimiento de la medida cautelar dictada, dentro del plazo perentorio e improrrogable de cinco días, para lo cual deberá fortalecer la entrega al personal de salud de elementos de protección personal a efectos de evitar el desabastecimiento, teniendo presente la velocidad con la que se encuentran aumentando los casos de contagio en los hospitales porteños, dando prioridad a aquellos que se encuentran en estado crítico por la atención a los sectores más vulnerables de la Ciudad, como lo es la situación denunciada en el Hospital Rivadavia y el Hospital Fernández. Ello, de acuerdo a la versión actualizada del protocolo ‘Indicaciones para el uso de los equipos de protección personal (EPP) para personal de salud en el marco de la pandemia por COVID-19’. Todo ello en el marco de los autos caratulados «Catalano, Daniel y Otros contra GCBA y Otros sobre Amparo – Empleo Público – Otros», Expediente n.° 3072-2020/0.

El magistrado resolvió además que «deberá en idéntico plazo acreditar en autos un informe en que se refleje estadísticamente la cantidad de elementos de protección personal entregados de acuerdo a la situación de cada hospital, respecto de la cantidad de personal de salud que se encuentra en funciones según las tareas a cargo de cada agente y respecto del número de pacientes atendidos». Por último, en el segundo punto del resolutorio tuvo por incumplida la medida cautelar con respecto a Provincia ART y la intimó a que «en el plazo perentorio e improrrogable de cinco días de cumplimiento con las obligaciones previstas en la Ley 24.557 y normativa complementaria dispuesta en el marco de la emergencia sanitaria y, en particular intensificar las medidas de prevención a su cargo, que implican un control exhaustivo sobre el GCBA del estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios dispuestos por la autoridad de aplicación local para la atención de la pandemia».

En primer lugar, el magistrado recordó los términos en los que «quedó delimitada la pretensión cautelar de acuerdo a lo resuelto el 5 de junio de 2020 por la Sala III». Al respecto, destacó que «en el considerando III del voto del Dr. Centanaro se expone concretamente las pautas para controlar la ejecución de la medida cautelar, en los siguientes términos: ‘Dadas las particularidades del caso y la especial prudencia con la que se debe proceder ante el resguardo de la salud del personal sanitario como ante la adecuada asignación de los EPP dispuesta por la autoridad competente, corresponde establecer que: i) el GCBA deberá proporcionar al personal de la salud todo elemento de protección, en la cantidad, forma y regularidad en su reposición que impongan las tareas a su cargo, según el protocolo establecido por el área respectiva de la Administración, o bien de acuerdo a los estándares recomendados por aquellos que resulten una autoridad en materia de higiene y seguridad, (…) desde una óptica dinámica que responda a la evolución de los criterios médicos, epidemiológicos acerca de la pandemia en cuestión (…); ii) En lo que respecta a Provincia ART, con el alcance que surge de aquellas pautas, en lo que resulte compatible con el rol que debe desempeñar la ART’.

Además, agregó que «con fecha 8 de junio de 2020 se promulgó la Ley N° 27.548 que establece el ‘Programa de Protección al Personal de la Salud ante la pandemia de COVID-19’, denominada ‘Ley Silvio’ en conmemoración a Silvio Cufré, el primer trabajador de la salud víctima del coronavirus en provincia de Buenos Aires, mediante la cual se declaró de interés nacional ‘la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y de los trabajadores y voluntarios que cumplen con actividades y servicios esenciales durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de coronavirus’». Al respecto, señaló que «se creó el ‘Programa de Protección al personal de la Salud’, cuyo objetivo principal es la prevención del contagio de Coronavirus COVID-19 entre el personal de salud que trabaja en establecimientos de salud de gestión pública o privada, y entre los trabajadores y voluntarios que presten servicios esenciales durante la emergencia sanitaria».

El Ejecutivo señaló que «no existe faltante de insumos para el personal de salud y que la provisión de los elementos de protección personal se encuentra garantizada en todos los nosocomios de la CABA, según los protocolos vigentes en autos que acompaña».

El juez advirtió que «la información aportada por el GCBA carece de sustento estadístico para dar cuenta de la suficiencia del material entregado, principalmente, ante la ausencia de otros datos relevantes que permitan contrastar el stock existente con la cantidad de personal de salud con el que cuenta cada nosocomio y con el número de pacientes que están siendo atendidos en los hospitales de la Ciudad». «A ello corresponde agregar la situación en particular de otros nosocomios en los que el GCBA denuncia en autos que no existe faltante de EPP, pero sin embargo, se encuentran judicializados justamente en razón de la insuficiencia de esos elementos», completó.

El titular del Juzgado n.° 18 subrayó que «la información recabada demuestra la necesidad por parte del GCBA de reforzar el cumplimiento de la medida cautelar dictada en autos, en un momento en el que los casos en el AMBA presentan un aumento exponencial y por ello debe comprometer sus mayores y más eficientes esfuerzos para proporcionar a los trabajadores de la salud los elementos de protección personal adecuados para evitar el contagio del virus COVID-19, priorizando el derecho a la salud, a la integridad física y a la vida de las personas trabajadoras del sistema público de salud de la CABA».

Por otra parte, evaluó el comportamiento de Provincia ART, a partir de la sentencia de cámara, y en función de las actas acompañadas; allí observó que «visitó únicamente 4 de los 33 hospitales de la CABA, pese a la orden judicial dictada, y además, se advierte en la prueba aportada que la aseguradora se limita a consignar genéricamente que procedió ‘verificar condiciones laborales conforme situación de público conocimiento concerniente al COVID-19’, sin hacer referencia a la efectiva constatación del cumplimiento de entrega de EPP en particular, de acuerdo a las cantidades que establece el protocolo sanitario vigente, según el personal en funciones, que tampoco informa».

En sus considerandos, López Alfonsín sostuvo que «los elementos aportados por la aseguradora son indicios contundentes para tener por incumplida la medida cautelar, en razón de de no estar cumpliendo adecuadamente con su rol de fiscalizar y garantizar la seguridad de las personas trabajadoras del sistema de salud local».

Finalmente, concluyó que «ante la situación actual que atraviesa la Ciudad de Buenos Aires y en particular algunos de los establecimientos de salud, como es el caso del Hospital Rivadavia, considero oportuno que se adopten medidas eficaces a fin de mitigar la propagación de los contagios y, sobre todo su impacto sanitario». Advirtió que «el planteo de la actora tendiente a que se efectúen ‘los exámenes de salud mediante técnica RT PCR’ implica en la práctica que se refuerce y garantice la aplicación de los protocolos sanitarios». Y especificó que «esto implica tanto la provisión de los elementos de protección personal, como la realización de los testeos según las pautas que ha establecido la autoridad sanitaria y un adecuado control de la observancia de estas medidas de seguridad en el trabajo, por ser las mínimas necesarias para contribuir a la prevención de los contagios y a la detección temprana de las personas infectadas, evitando la expansión del virus en el personal de la salud».-

Fuente ijudicial