Confirman el procesamiento de la Kirchnerista Romina Picolotti por el delito de defraudación a la administración pública

Confirman el procesamiento de Romina Picolotti por el delito de defraudación a la administración pública
Lo dispuso la Sala II de la Cámara Federal de la Capital. Se trata de una causa en donde se investiga a la exfuncionaria por irregularidades en el manejo de fondos durante su gestión como secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó este lunes el procesamiento de Romina Picolotti, ex secretaria de Ambiente, por el delito de defraudación en perjuicio de la administración pública.

Se trata de una causa en donde se investigan presuntas irregularidades el manejo de fondos que efectuó Picolotti en su gestión como Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
La resolución de primera instancia había sido dictada el 18 de julio pasado por la jueza María Servini de Cubría, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1.

Utilizó fondos públicos asignados presupuestariamente a esa cartera de estado para solventar gastos
injustificados, ajenos a sus fines y objetivos, perjudicando así los intereses que le habían sido confiados en razón de su cargo. Esta conducta fue provisoriamente calificada como constitutiva del delito de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de una administración pública (arts. 173 inciso 7° y 174 inciso 5° del Código Penal) y redundó en la traba de embargo sobre su patrimonio por la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos ($450.000).

En efecto, tal como minuciosamente se detalló en la resolución apelada, fueron cinco los vuelos privados contratados para su desplazamiento hacia otras provincias previo paso en el tramo de ida, de vuelta o en ambas oportunidades por la ciudad de Córdoba -de donde la imputada es oriunda- sin que esta parada, que habría sido el motivo mismo de la contratación de tan exclusivo servicio, tuviera un justificativo funcional; más de doscientos sesenta los pasajes aéreos emitidos a su
favor o de personas de su entorno inmediato, sufragados con fondos de la Secretaría de Estado de la que era titular cuando en ningún caso correspondían por desarraigo u otro motivo legal; y más de novecientos cincuenta los consumos personales que llevan su firma y su sello incluidos en las rendiciones de cuenta (cf. para un detalle preciso de fecha, monto, número de ticket o factura, proveedor y concepto del gasto, los cuadros incluidos en la decisión impugnada).