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Confirman sanción económica a un padre por incumplir el régimen de comunicación con su hijo

La Cámara Nacional en lo Civil confirmó hoy la multa a un padre por incumplir el horario de retiro de su hijo menor de edad de acuerdo con el régimen de comunicación pactado con su expareja, tras hacer prevalecer el principio del interés superior del niño, informaron fuentes judiciales.

Al ratificar lo decidido en primera instancia en la causa promovida por una mujer identificada por sus siglas como M.S.L. contra el condenado F.D.L., la Sala A de la Cámara aprobó también que, en lo sucesivo, se duplicará la multa impuesta de 25.000 pesos en caso de cada incumplimiento injustificado de los días y horarios y horarios acordados.

El tribunal rechazó, además, el pedido de sanciones que el demandado había solicitado contra la madre y exhortó a ambos, y a sus respectivos abogados, a prestar su “ayuda” y “colaboración” para favorecer el “superior interés del niño”, o sea acciones y procesos para garantizar un desarrollo integral y una vida digna.

“Resulta imperioso llevar a la reflexión a los adultos que intervienen en el proceso a fin de que logren encontrar aquellas vías tendientes a disminuir la alta conflictividad imperante y la exagerada litigiosidad que genera”, remarcaron los camaristas Ricardo Li Rosi, Carlos Alberto Calvo Costa y Sebastián Picasso.

En ese sentido, afirmaron que “la tarea que se encomienda a los adultos que protagonizan esta causa tiene como principal objetivo beneficiar al menor, pues es indudable que la problemática que impera entre sus progenitores resulta contraria a su interés superior”.