metrobus bs as ciudad

El Senado debate la nueva Ley de Alquileres: Hay 9 millones de Inquilinos que esperan soluciones.

En la sesión que está prevista para esta tarde, a partir de las 14, se debatirá los proyectos de educación a distancia que ya fue aprobado en Diputados y la nueva normativa sobre los contratos de alquiler.



El Senado debatirá hoy los proyectos de educación a distancia y la nueva normativa sobre los contratos de alquiler, en la tercera sesión por videoconferencia que se realizará desde que rige el aislamiento social y obligatorio por la pandemia de coronavirus.

Los senadores debatirán además el aval a una docena de decretos de necesidad y urgencia dictados por el Poder Ejecutivo para mitigar los efectos de la expansión del virus.

PUNTO POR PUNTO

Estos son los lineamientos del proyecto que recibió ayer dictamen de la Comisión de Legislación General del Senado y podría convertirse en ley mañana.

•el índice para la actualización anual de los precios estará conformado en igual medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central (BCRA).

•el plazo mínimo de la locación de inmueble serán tres años.

•no podrá exigirse al locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes; y el importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler.

•introduce la posibilidad de que los inquilinos puedan hacer los arreglos y descontarlos del alquiler, dado que en caso de negativa o silencio del locador ante un reclamo del locatario debidamente notificado para que realice alguna reparación urgente, el locatario puede realizarlas por sí a cargo del locador, una vez transcurridas 24 horas de la notificación.

•el locatario no tiene a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad -como el ABL y ARBA- ni el pago de expensas comunes extraordinarias.

•los locadores deberán aceptar como garantía alguna de las siguientes opciones: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario o garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos que pueden sumarse en caso de ser más de un locatario).

•el locador deberá informar con tres meses de anticipación si renueva y las condiciones para el nuevo contrato.

•establece que el locador debe intimar fehacientemente al locatario dando un plazo no menor a 10 días corridos de recibida la notificación y lugar de pago previo a la acción judicial de desalojo.

•será obligación del locador declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo.

•para la resolución de conflictos, el proyecto establece que deberán crearse en el ámbito público de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo.

•la intermediación en el contrato de alquiler sólo podrá estar a cargo de un profesional matriculado y si interviene un solo corredor, ambas partes, propietario e inquilino, deberán pagar comisión.

•se crea el Programa Nacional de Alquiler Social destinado a la adopción de medidas que tiendan a facilitar el acceso a una vivienda digna en alquiler mediante una contratación formal para personas en situación de vulnerabilidad.

La Secretaría de Vivienda, para garantizar el logro de los objetivos del programa, debe tener especial consideración con las personas que se encuentren en situación de violencia de género y personas adultas mayores.

Deberá promover la regulación del accionar de entidades que otorguen garantías de fianza o seguros de caución; propiciar la creación de líneas de subsidios o créditos blandos para facilitar el acceso a la locación de viviendas; diseñar mecanismos orientados a ampliar la oferta de inmuebles en alquiler destinados a la vivienda; y promover en conjunto con la Anses la adopción de medidas que permitan facilitar el acceso al alquiler a jubilados, pensionados y titulares de prestación por desempleo.

LA CRONICA DE UNA SESION ANUNCIADA

La sesión está prevista para esta tarde, a partir de las 14, encabezada por la vicepresidenta de la Nación y presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner.

El proyecto sobre educación a distancia fue aprobado la semana pasada por la Cámara de Diputados y obtuvo ayer dictamen de la Comisión de Educación de la Cámara alta, por lo que sería mañana convertido en ley.

La iniciativa amplía el artículo 109 de la Ley de Educación para permitir el aprendizaje a distancia para menores de 18 años -ya que solo se habilitaba a los adultos y escuelas rurales- cuando existan razones excepcionales en las que no se pueda realizar el ciclo lectivo en forma presencial.

En tanto, el proyecto de alquileres -que obtuvo dictamen esta semana y fue incluido en el temario- extiende la duración del plazo de locación de dos a tres años y establece un mecanismo de actualización anual de los montos en base a una combinación entre el índice de inflación y el de salarios (Ripte).

El artículo referido a ese cálculo fue uno de los que mayor debate generó ayer en el debate en la Comisión de Legislación General, ya que algunos senadores sospechan que podría dejar abierta la posibilidad de que haya más aumentos que los prometidos en la norma.

Además, los legisladores tratarán doce decretos de necesidad y urgencia dictados por el Poder Ejecutivo durante la pandemia.

En la lista se incluyó el decreto 457 que modifica el Presupuesto y suspende por este año la limitación que tiene el jefe de Gabinete para reformular las partidas presupuestarias, y recibió cuestionamientos de la oposición.

Sobre esa norma, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, aclaró que «no se trata de superpoderes» y afirmó que «en momentos extraordinarios» se requiere un Estado «activo y flexible».

También se incorporaron al temario los decretos de prórroga del aislamiento social, el 409/2020 sobre prórroga de cierre de fronteras por la pandemia y el 426/2020 que prorroga la vigencia de la obligación de la imposibilidad de suspender el servicio prepago de telefonía móvil o internet por falta de abono.

Los senadores tratarán además el Decreto 256/2020 de transferencia del Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones (Dicom) dependiente de la Procuración General de la Nación a la órbita de la Corte Suprema y el DNU 102/2020 que reformula el plazo de vigencia de los mandatos de las autoridades de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado del Poder Judicial.

También se incluyeron los DNU 391 y 404 sobre reestructuración de títulos públicos emitidos bajo ley extranjera, el decreto 52 de 2019 de intervención de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) por el plazo prorrogable de 180 días y el DNU 487 que prohíbe los despidos sin justa causa y por causales de falta o disminución de trabajo por fuerza mayor por 60 días.

El último de los DNU que se tratará es el 488 emitido el 21 de mayo pasado, por el cual se establece un valor fijo para la comercialización del petróleo para refinerías locales hasta el 31 de diciembre de 2020.