Firma digital: Ya es de uso obligatorio en el fuero Contencioso Administrativo y Tributario porteño.

El Consejo de la Magistratura local continúa implementando nuevas tecnologías que promueven la agilización del servicio de justicia

La Resolución de Presidencia n.° 943/2019 del Consejo de la Magistratura porteño, firmada por su titular, Alberto Maques, dispuso la utilización de la firma digital para magistrados y magistradas, como así también para los y las camaristas del fuero Contencioso Administrativo y Tributario del Poder Judicial local. Este proceso comenzó el sábado 19 de octubre, y es de uso obligatorio en todos los procesos que se lleven adelante.

Mediante el texto de la ley nacional n.° 25.506 y sus modificatorias, además del Decreto n.°182/2019, se establecieron las pautas para la utilización de la firma digital, norma a la que adhirió la Ciudad de Buenos Aires a través de la ley n.° 2751. En ese marco, el Consejo de la Magistratura suscribió un Convenio con la Agencia de Sistemas de Información -ASI- con el objetivo de convertirse en Autoridad de Registro.

En la Resolución se destaca que «la utilización de la Firma Digital permite operar en el sistema con la garantía de que los documentos digitales han sido firmados por quien dice haberlo hecho, proceso comprobable mediante mecanismos establecidos por la Autoridad de Aplicación en materia de firma digital. Del mismo modo, los usuarios/as externos/as ingresan sus escritos –y documentación adjunta- firmada de la misma manera, con idénticos mecanismo de control».

Asimismo, el envío de escritos firmados digitalmente ofrece una ventaja en las oficinas judiciales, que podrán gestionar el ingreso y distribución de los escritos desde el sistema, reduciendo el margen de error o extravío. Además, ofrece un claro beneficio a los usuarios/as externos/as, quienes no tendrán que movilizarse hasta el Tribunal para hacer sus presentaciones, al no contar con límite de día y horario para hacerlas, ya que el portal funcionará las 24 horas.

Desde 2016 que se viene trabajando en las funcionalidades del sistema EJE -Expediente Judicial Electrónico-, diseñado a partir de las propias necesidades específicas de los y las integrantes del Poder Judicial local. EJE es un sistema novedoso que aporta a la despapelización de los expedientes y reduce costos operativos. Algunos de los beneficios que ya brinda, son la utilización de la firma digital para la gestión judicial, la estandarización de la información, la agilización de las consultas y la notificación electrónica.

En diálogo con iJudicial, la camarista Fabiana Schafrik indicó que «la implementación de la firma digital ha significado un avance en pos de los principios de eficiencia y rapidez, que deben primar en todo proceso jurisdiccional». Y añadió que «a la par de promoverse la despapelización, este procedimiento tecnológico permitirá firmar documentos electrónicos con la misma validez que la firma hológrafa, en forma confiable y con el debido resguardo a la seguridad jurídica de los ciudadanos».

Por su parte, la también integrante de la Sala I, Mariana Díaz, aseguró que «la digitalización de los procesos judiciales resulta un imperativo de modernización del servicio de justicia y ha probado ser una herramienta de suma utilidad para, por ejemplo, aprovechar de modo más eficiente los recursos humanos originalmente afectados a la recepción y tramitación de actuaciones escritas». Además, señaló que «la implementación de la firma digital es una de las etapas contempladas en el camino que culminará con la despapelización que, conforme la experiencia en otras jurisdicciones, aporta ventajas como la notificación electrónica y la presentación de escritos mediante portales que funcionan sin interrupción».

Consultado telefónicamente, el titular del Juzgado n.° 2, Andrés Gallardo, celebró su puesta en marcha y dijo que «es un desafío para todos los actores involucrados, que exigirá un cambio de mentalidad y la incorporación de nuevos hábitos y conductas». No obstante, alertó que «la utilización de nuevas tecnologías abre también espacio a la posible despersonalización de los actores y a la excesiva mediatización de los conflictos, aspectos sobre los que debemos también trabajar para no deshumanizar nuestra tarea».

Por último, el juez Martín Converset caracterizó la implementación de la firma digital como un avance, y agregó que «no lo es solo en la mejora de la transparencia de los actos jurisdiccionales, sino también en la agilización, junto con otras herramientas tecnológicas —como por ejemplo, la notificación electrónica—, en el trámite de los procesos judiciales». Concluyó que «conlleva claramente, mediante estos mecanismos, que se logre una justicia que esté a la altura de las exigencias de la sociedad y, en particular, de los justiciables en pos de la celeridad«.-

Fuente iJudicial el 21 octubre 2019