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La AFIP sale a pescar en la pecera y con miedo a los grandes evasores

La AFIP sale a pescar en la pecera y con miedo a los grandes evasores.

La expresión «pescar en la pecera» se refiere a una situación en la que alguien intenta conseguir algo de manera fácil o sin esfuerzo, en un contexto en el que no hay mucho desafío o competencia. Es similar a la idea de «caza menor», en contraposición a la «caza mayor».

En un sentido más amplio, la expresión «pescar en la pecera» puede usarse para referirse a una situación en la que alguien se aprovecha de un ambiente protegido o controlado para lograr sus objetivos de manera fácil o sin mucho esfuerzo. Por ejemplo, alguien podría decir que un estudiante que hace trampa en un examen está «pescando en la pecera» porque está tratando de obtener una buena calificación sin haber hecho el trabajo necesario para merecerla.

Los bancos y billeteras virtuales deben informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) respecto a los movimientos en cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas de crédito y débito. A partir de este lunes 1° de mayo, entra en vigencia los nuevos montos mínimos. Qué hay que tener en cuenta a la hora de realizar consumos y operaciones.

¿Qué operaciones son informadas a la AFIP?

A partir de este lunes, el monto mínimo de una operación para que tenga que ser informada a la AFIP pasará a ser $200.000 sobre acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y también suscripción y liquidación de depósitos en plazos fijos.

La nueva cifra se calculará en términos mensuales e incluirá todo tipo de acreditación. Además de los plazos fijos, la medida también apunta a los depósitos, las transferencias recibidas y los saldos en cuenta.

Además, la normativa publicada en el Boletín Oficial detalla que para el consumo con tarjeta de débito también cambiara el monto a partir del cuál se informa al fisco. También pasará a ser $120.000 para dejar de ser $30.000.

El nuevo régimen también aplica cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital), sea una transferencia bancaria o virtual, y esta iguale o supere los $400.000.

Plazo Fijo: cuáles son los montos para caer en el radar de AFIP

Mediante la Resolución General 5348/2023, se actualizaron los montos mínimos a partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos de los contribuyentes. Y eso también incluye a quienes tengan un plazo fijo.

La cifra mínima para informar las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo sube de $90.000 a $200.000. En tanto, el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito se incrementó de $30.000 a $120.000.