Mala onda: Información sobre radares y fotomultas.

Fotomultas. No son solamente un evento de prevención, si no todo lo contrario, es más bien recaudatorio. Las fotomultas demostraron ser un fracaso rotundo, ya que el nivel siniestral en Argentina va en ascenso. No hay un solo dato de ANSV que demuestre una baja en muertes, discapacidades y choques en las rutas y avenidas.

Información sobre radares. “Las multas detectadas por medio del equipo señalado, serán válidas a partir del día de la fecha de Autorización y Homologación de Uso otorgada por la ANSV”.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial autoriza y homologa la colocación y el uso de radares sobre rutas nacionales de todo el país* conforme con las leyes 24449 y 26363.

Las provincias y los municipios mantienen potestad para regular en esta materia sobre los corredores provinciales y municipales.

Jurisdicciones como las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y Córdoba realizan reservas en la materia. Hay que tener cuidado en Córdoba donde los agentes son coimeros y muy agresivos.

Los radares son sujetos a controles previos a su puesta en funcionamiento (INTI – Secretaría de Comercio interior) como así también a verificaciones anuales que determinan la vigencia de uso, quedando así habilitados para ser utilizados por las jurisdicciones de todo el país —provincias y municipios.

Los radares deben ser operados por personal capacitado y matriculado por este organismo.

La distancia máxima desde la ubicación del radar fotográfico hasta el vehículo de notificación no
puede superar los 2 km.
Realizar un enconado desde la ubicación del radar colocando, un cono cada 100 o 150 mts. aprox.

¿Qué datos debe contener una infracción?
Datos del municipio que realiza la multa.
Fecha en la que fue cometida la presunta infracción (día, hora, mes y año).
Ruta y kilómetro donde fue cometida la presunta infracción.
Velocidad máxima permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado (en Km/h).
Firma de la autoridad pública interviniente en la infracción.
Datos del radar/cinemómetro utilizado para constatar la presunta infracción (marca, modelo o código de aprobación y N° de serie), incluido el número de Disposición ANSV que autoriza el uso de dicho artefacto.
Datos de contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo que resulte competente.
Matrícula habilitante del operador del radar (otorgada por ANSV).
Importante: si todos o alguno de estos datos no se encuentran consignados en el acta, o si por algún otro motivo considerás que la infracción es inválida, deberás presentar tu descargo ante el Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo competente.

En caso de duda, podés consultarnos enviándonos un correo electrónico a consultasradares@seguridadvial.gov.ar adjuntando copia de la infracción.

La Disposición ANSV N° 294/2010 exige la correcta implementación de los procedimientos de fiscalización y control, y el despliegue de la señalización correspondiente en cumplimiento de los requisitos de publicidad, en un todo de acuerdo con las exigencias de cartelería móvil determinadas
por el organismo.

La operatoria de los equipos se debe efectuar en un todo de acuerdo con el artículo 70 del Decreto 779/95, reglamentario de la Ley N° 24.449, posibilitando la notificación de la
comisión de la falta dentro de los diez kilómetros (10km) del lugar donde se hubiere verificado. Cuando este procedimiento fuera imposible por circunstancias acreditadas debidamente por la autoridad local competente, será válida la notificación fehaciente al domicilio del presunto infractor de modo que quede garantizado el derecho de defensa y debido proceso de estos, con sujeción a la normativa vigente en materia de tránsito.

Todas las provincias o municipios que hayan adherido a la Ley Nacional de Tránsito 24449 y a la Ley Nacional 26363 y que pretendan utilizar en rutas o caminos nacionales radares/cinemómetros como medio de constatación de infracciones de tránsito, deberán obtener previamente la homologación y autorización de uso por parte de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Del mismo modo, deben ser operados por personal capacitado y matriculado por este organismo a través del “Curso de operador de tecnologías de constatación de infracciones de tránsito”.


Educar para prevenir
Movernos seguros es una responsabilidad compartida.

Los ciudadanos, quienes dan mantenimiento a las rutas y autopistas, los fabricantes de vehículos, las empresas de transporte, los políticos, los funcionarios, las autoridades legislativas y la policía, entre todos hacemos la Movilidad Segura.

Para ejercer esta responsabilidad compartida, el Plan Federal de Seguridad Vial de la República Argentina, desarrolla programas educativos dirigidos a cada uno de los actores de la sociedad, y campañas de prevención en cada rincón del país.

Estamos trabajando para implementar la licencia nacional de conducir en la totalidad del territorio. La idea es tener criterios unificados y más exigentes para la obtención de la habilitación y evitar la situación en la que aquellos que están imposibilitados por faltas graves en un distrito, accedan a la licencia en otro. Se apunta a que los aspirantes no sólo muestren destreza al manejar sino también comprendan la responsabilidad social de ser conductores.

Crearemos el Instituto Nacional de Seguridad Vial (INSV) para nuclear las capacitaciones, brindando cursos teóricos y técnicos. Este organismo dictará talleres para agentes y directores de tránsito y para docentes de escuelas primarias y secundarias.

Realizaremos campañas de prevención en las rutas donde la siniestralidad es más frecuente. Este año focalizaremos capacitaciones en el corredor de las rutas 34 y 9, desde Jujuy a Buenos Aires, de gran importancia debido al caudal de siniestros que ocurren allí.

El propósito de estas acciones es generar un cambio cultural.

En la ciudad, un punto central de la nueva concepción es el empoderamiento de los peatones. La mayoría de los desplazamientos en la ciudad son a pie, y los peatones son quienes están más expuestos al riesgo vial. Apuntamos a concientizar a los conductores para que respeten a los actores más vulnerables de tránsito.

¿Qué estamos haciendo?
Desde que asumimos, a través del Centro de Formación de la Agencia nacional de Seguridad Vial ANSV) dictamos 500 cursos teóricos y técnicos con los que llegamos a capacitar a 40.000 personas.

En tanto, 540.000 personas fueron alcanzadas con las campañas de concientización vial. Particularmente, durante el Operativo Verano en enero y febrero de 2017, estuvimos en 10 puntos turísticos del país: Mar del Plata, Villa Gesell, Pinamar, Villa Carlos Paz, Las Grutas, Corrientes, Gualeguaychú, Salta, Puerto Iguazú, Bariloche y Mendoza. Por allí pasaron 208.000 personas. Las experiencias lúdicas que llevamos adelante para concientizar fueron, entre otras, la realidad virtual, la trivia vial y un simulador de manejo.

Cuando asumimos, la cobertura de la Licencia Única Nacional era de 76%. Nosotros creamos 56 nuevos centros emisores de licencias, de modo que hoy tenemos un alcance de 84,42%. Y esperamos en un año implementarla en todo el país. Buscamos tener criterios unificados y más exigentes para la obtención de la habilitación y apuntamos a que los aspirantes no sólo muestren destreza al manejar sino también comprendan la responsabilidad social de ser conductores.

EN CAPITAL FEDERAL

Libre Deuda de Infracciones
Este trámite es necesario para hacer transferencias de automotores.
http://www.buenosaires.gob.ar/tramites/libre-deuda-de-infracciones

Consultas
http://www.buenosaires.gob.ar/consulta-de-infracciones
Resolver Infracciones de Tránsito con un Controlador en forma Presencial
Recordá que, de realizar un descargo con un Controlador, estarás renunciando al 50% de descuento del pago voluntario.

Requisitos
Solicitá un turno previamente
Presentá la siguiente documentación:
DNI
Título de propiedad del automotor, o cédula verde/azul del automotor
En caso de no ser titular, apoderados con documento de identidad y poder firmado ante escribano público (original y copia).
Personas que pueden realizar el trámite
Personas físicas:

Titular del vehículo con los requisitos mencionados.
La persona que haya sido instituida mandataria por el titular del dominio, mediante escritura pública (original y copia), acompañando la documentación del vehículo.
Los choferes de taxis: con documento de identidad, registro de conductor, cédula verde (o azul) y la tarjeta magnética del chofer.
Los choferes de remises: con documento de identidad, registro de conductor, tarjeta magnética del chofer y cédula azul.
Personas jurídicas:

Apoderado: con escritura pública de poder (original y copia) y la documentación del/los vehículos y la sociedad según corresponda el caso.
Sociedades Anónimas: el representante legal con original o copia certificada del Estatuto y designación por acta. También debe llevar cédula verde o azul, poder y DNI.
Sociedades de Responsabilidad Limitada S.R.L.: el representante legal con original o copia certificada del Estatuto y designación por acta, cédula verde o azul, poder y DNI.
Sociedades de Hecho: Cualquiera de los socios integrantes con documento de identidad y Constancia de CUIT.
Pasos para realizar el trámite
Más información
Organismo Responsable
Dirección General de Administración de Infracciones
Dirección: Hipólito Yrigoyen 2346
Horarios de atención: lunes a viernes de 8 a 19 hs

 Infracciones de tránsito

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Si deseás realizar un descargo de tu infracción o recibiste una citación de la Unidad

 

 

EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES

https://www.gba.gob.ar/seguridadvial/infracciones

 

Material de Descarga

EJEMPLO CARTA AL JUEZ

DESCARGO GENERAL

 

Al Sr. Juez titular del

Juzgado Administrativo de Infracciones de Tránsito Provincial 

S/D.

Por la presente …………………………………(NOMBRE Y APELLIDO), documento de identidad (tipo y Nº), CUIL/CUIT Nº ………………….., me dirijo a Ud. en calidad de presunto infractor debidamente notificado de la falta descripta en el Acta de Comprobación de Infracción N°  ………………….., en relación al vehículo dominio ……………, a los fines de efectuar el presente descargo:

 

Firma:

Aclaración:

Documento de Identidad (tipo y Nº):