Ordenan al Gobierno porteño reponer los adoquines en las calles de Palermo

En una causa en la que interviene la defensora oficial Lorena Lampolio, el juzgado Nº 20 del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario, ordenó al Gobierno porteño que se abstenga de realizar obras en las calles del barrio de Palermo que no cumplan con lo previsto en la ley 4806, que prevé un catálogo definitivo de las calles construidas con adoquinado granítico que integran el patrimonio cultural de la Ciudad y establece que debe preservarse el mantenimiento de los adoquines y su reposición.

Un adoquín es una piedra o bloque labrado de forma rectangular que se utiliza en la construcción de pavimentos. Los materiales más utilizados para su construcción han sido el granito, por su gran resistencia y facilidad para el tratamiento y, sobre todo, el basalto que a su dureza se le añade la mayor facilidad de corte. Sus dimensiones suelen ser de 20 cm de largo por 15 cm de ancho, lo cual facilita la manipulación con una sola mano. ¿Adoquines en mal Estado?
¿Cómo es un adoquín en mal estado? Es difícil imaginarse algo más imperturbable que un adoquín. El adoquín es el símbolo de lo inmutable. ¿Estarán mufados? ¿No advertimos que tenían fecha de vencimiento?

Asimismo, la titular del Juzgado, Cecilia Mólica Lourido, dispuso que se recomponga el adoquinado en aquellas arterias que forman parte del catálogo y que fueron afectadas por la realización de obras mediante el uso de otros materiales. “Sólo excepcionalmente podrá el GCBA justificar fundadamente los motivos que impidan la recomposición del adoquinado, lo cual será evaluado por este tribunal”, señaló al respecto. Así, estableció el plazo de 30 días para que se repongan los adoquines donde se realizaron las intervenciones, para lo cual “podrá efectuar los trabajos que sean necesarios para que dichas arterias recuperen su estado original, sustituyendo cualquier elemento que difiera de la materia utilizada originariamente”.

En su resolución, la jueza evaluó si se había cumplido con el fallo dictado por la Sala I de la Cámara de Apelaciones del fuero, en el que el tribunal ya había ordenado al Gobierno porteño que priorice la protección que tienen estas calles (incluso en las zonas de cunetas o cuando la obra se realice para mejorar un servicio público). En dicho pronunciamiento, la Cámara había dispuesto que, cuando las calles ya hubieran sido arregladas con otros insumos, debían ser llevadas a su estado original (o en todo caso, debían justificarse los motivos que impiden la recomposición del adoquinado) y que, de manera previa a cualquier intervención en estas arterias, debía pronunciarse la autoridad de aplicación, además de informarse a los vecinos sobre las obras a realizar.

Teniendo en cuenta lo dispuesto por el tribunal y la información suministrada por el Ente de Mantenimiento Urbano Integral (EMUI), la magistrada entendió que el GCBA había incumplido la sentencia del tribunal, pues “a pesar de la protección que el ordenamiento jurídico otorga tanto a los adoquines como a las calles catalogadas construidas con adoquinado granítico, la demandada empleó asfalto en las reparaciones”.

Por otra parte, Mólica Lourido se refirió en su fallo a las obras en la calle Costa Rica 3900 al 4200, “cuya traza se habría desprotegido a los fines de su intervención en asfalto”. En este caso, dispuso que previo a determinar si las obras se ajustan a la sentencia, la administración porteña deberá “acreditar, en el plazo de diez días, la debida intervención de la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de la Ciudad y, en su caso, cuál fue el resultado”.

La Jueza, además, ordenó al Gobierno que presente un informe trimestral en el cual consigne todas las intervenciones realizadas en las calles adoquinadas de la Comuna 14 incorporadas al catálogo, “detallando el tratamiento dado al elemento base –adoquín- y las medidas adoptadas para su preservación y recomposición”.

Finalmente, señaló que se tendrá que informar “adecuada, fundada y ampliamente” a los vecinos sobre los trabajos proyectados (no menos de cinco días hábiles antes del inicio de las obras y mediante carteles colocados en el hall central de la Sede Comunal), indicando los motivos que justifican tales intervenciones y las medidas adoptadas para preservar los adoquines y las calles. “A su vez, la accionada deberá colocar carteles en un lugar visible de cada una de las obras que ejecute, los cuales darán cuenta de toda la información detallada”, determinó la magistrada.

“La protección del patrimonio histórico de la Ciudad no es solo un deber impuesto por nuestra Constitución, sino también un derecho colectivo que es necesario garantizar, como salvaguarda de nuestra identidad, para el propio disfrute y el de las generaciones futuras”, aseguró Lampollio.

Historia
Las primeras referencias recuerdan que cuando faltaban 30 años para el final del siglo XVIII, el Cabildo porteño dispuso que se trajeran piedras desde la isla Martín García para cubrir algunas calles. La elección tenía que ver con el origen del lugar: la isla es un conjunto rocoso del Macizo de Brasilia, cuya antigüedad se calcula en millones años. Con ellas se armaron los primeros empedrados. Pero a mediados del siglo XIX el origen de los adoquines cambió: llegaban desde Gran Bretaña (provenían de canteras de Irlanda y Gales) como lastre de los barcos que después llevaban granos a Europa.

Aquellas piezas eran de una piedra sólida y compacta que después se colocaba sobre un lecho de tierra y arena. Pero su alto costo hizo que se pensara en opciones más económicas. Entonces se volvió a recurrir a los de Martín García y empezó una explotación específica en Tandil. Este lugar iba a ser clave para el adoquinado de Buenos Aires. Así, a inicios del siglo XX desde allí llegaban miles de toneladas de adoquines para cubrir las muchas calles de tierra de la Ciudad.

La producción estaba a cargo de gente especializada (predominaban los inmigrantes italianos, aunque luego se sumaron muchos españoles y yugoslavos) que soportaban duras jornadas de trabajo. Cada hombre podía producir por día unos 250 adoquines de 20 por 15 cm. Esos eran los más grandes. También estaban los conocidos como granitullo (de 10 por 10 cm) y la producción diaria oscilaba entre las 900 y 1.000 piezas. Para los cordones se usaban piedras que medían entre 70 y 120 cm de largo, por 40 de alto y unos 17 o 18 cm de espesor.

Entre los obreros encargados de producirlos en las canteras de Tandil (la principal era la del cerro Leones, pero también estaban La Movediza, Vicuña, Aurora y Azucena) había unas 15 especialidades: entre los más conocidos estaban los picapedreros; los barrenistas; los marroneros (para partir las piedras usaban una maza de 10 kilos denominada “marrón”); los patarristas (eran los que agujereaban la piedra para colocar dinamita) y los zorreros, que manejaban las zorras que bajaban la piedra desde los cerros. El corte de los picapedreros era algo artesanal previo estudio de la veta y usaban una maza de 4 kilos, además de herramientas como cuñas y escarpelo. Tras el corte, llegaba el trabajo del refrendador que se encargaba de perfeccionarlo. Aquel era un oficio milenario y la explotación de esos obreros generó fuertes conflictos gremiales con huelgas por mejores condiciones de trabajo. La más extensa ocurrió en 1908 y cuentan que hasta casi dejó sin stock de adoquines a la Ciudad.