Cuando la oferta electoral de los partidos es percibida como mala y los candidatos carecen de popularidad, empatía, y habilidades políticas, puede tener varios efectos en el proceso electoral y en la sociedad en general:
Desconfianza y apatía: Los votantes podrían sentir desconfianza en los partidos políticos y en el sistema en sí. Si perciben que los candidatos no cumplen con los requisitos mínimos y carecen de cualidades deseables, es posible que muchos ciudadanos opten por no votar o participar activamente en el proceso electoral debido a la falta de opciones atractivas.
Baja participación: La falta de candidatos competentes y atractivos puede resultar en una baja participación electoral. Los votantes podrían considerar que su voto no hará una diferencia significativa y, por lo tanto, optarían por quedarse en casa en lugar de emitir su voto.
Votos de protesta: En algunos casos, los votantes descontentos podrían emitir votos de protesta eligiendo candidatos o partidos marginales o incluso en blanco/nulo. Esto reflejaría su insatisfacción con las opciones disponibles.
Efectos en la gobernabilidad: Si los candidatos electos carecen de las habilidades y la empatía necesarias para liderar y representar a la población, podría haber problemas en la toma de decisiones y en la gestión de asuntos públicos. Esto podría afectar la gobernabilidad y la capacidad del gobierno para abordar los problemas de manera efectiva.
Fragmentación política: Si varios partidos presentan candidatos poco atractivos, podría haber una fragmentación del voto en diferentes candidatos marginales o pequeños partidos, lo que dificultaría la formación de mayorías sólidas en los órganos legislativos o ejecutivos.
Rechazo de la política tradicional: Una oferta electoral poco atractiva podría impulsar a los ciudadanos a buscar alternativas fuera del sistema político tradicional, como candidatos independientes o movimientos sociales.
En última instancia, una mala oferta electoral y la elección de candidatos poco adecuados pueden erosionar la confianza en el sistema democrático y tener un impacto negativo en la representación y la gobernabilidad. Esto subraya la importancia de los partidos políticos para presentar candidatos competentes y conectados con las necesidades y deseos de la población.
PASO: cuáles son las penalidades por no ir a votar y quiénes están exceptuados
Las personas que no asistan el próximo domingo a votar en las primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) quedarán inscriptas en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar y deberán pagar una multa si no justifican su inasistencia ante la secretaría electoral de cada jurisdicción.
La participación en las elecciones nacionales es obligatoria para las personas entre 18 y 70 años, tanto en las primarias de este domingo como en las generales previstas para octubre.
En tanto, quienes se ausenten y no emitan su voto deberán justificar su inasistencia ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
No obstante, quienes no voten en las PASO, tienen el derecho y la obligación de realizarlo en las elecciones generales del 22 de octubre.
A quienes no justifiquen su inasistencia, les corresponde una multa económica y se los incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.
Además, no podrá ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección; y quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Los exceptuados de asistir a votar son:
– los que se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde se tiene que votar que deben justificar ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
– los que estén enfermos o imposibilitados de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
– los que son parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones está impedido de asistir a votar.
– los jueces o auxiliares que, por disposición del Código Electoral Nacional, tienen que asistir a su oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
Aquellos que no puedan asistir al establecimiento el día de la votación, deben concurrir con su documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre y pedir una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.
El certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección, ante el Juzgado Federal con competencia electoral del distrito que le corresponda.