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Plaza Francia: «amicus curiae» de la asociación Basta de Demoler

Defensoría porteña acompaña a Basta de Demoler en la causa que inició en su contra el GCBA

La Defensoría del Pueblo de la ciudad de Buenos Aires se presentó como «amicus curiae» de la asociación Basta de Demoler en la causa que inició en su contra el Gobierno porteño para cobrarle una compensación económica por daños, tras el conflicto por la construcción de una estación de subte.

Así lo informó hoy la Defensoría encabezada por María Rosa Muiños, y agregó que la decisión se basó en «la necesidad de defender el derecho al acceso a la justicia de las personas que peticionan por un ambiente sano, equilibrado y el respeto de las normas urbanísticas».

El conflicto inició en 2012, cuando el Gobierno porteño comenzó a construir una estación de la Línea H del subterráneo en Plaza Alvear, ubicada en el barrio porteño de Recoleta y lindera con la Plaza Francia, obra a la que se opusieron Basta de Demoler y la historiadora Sonia Berjman, argumentando que infringía normativas urbanísticas y generaba un «daño irreparable al hábitat de dicha zona», por lo que presentaron una acción de amparo y obtuvieron una medida cautelar que frenó los trabajos.

Sí bien la causa judicial no prosperó, el Gobierno porteño modificó el proyecto y construyó la estación donde actualmente se encuentra la terminal Facultad de Derecho.

Sin embargo, después de finalizar la obra, el Ejecutivo porteño y Subterráneos de Buenos Aires (Sbase) presentaron una demanda contra la Berjman y Basta de Demoler, reclamándole más de 23 millones de pesos por daños.

Por su parte, la Defensoría, presentó un escrito en el juzgado porteño en lo Contencioso Administrativo y Tributario N°6, en el que sostuvo que la «pretensión» del Gobierno local «resulta una forma encubierta de imponer un costo a la acción de amparo con el único objeto de desalentar la participación de la ciudadanía en la protección de los bienes culturales de la Ciudad de Buenos Aires».

El documento, firmado por Muiños, indicó también que se trata de una medida «de carácter intimidatorio», y argumentó que el «principio de gratuidad sobre la intervención de la asociación Basta de Demoler se encuentra protegido por la normativa vigente y que el reclamo por un hipotético daño de los amparistas debió haberse realizado al momento de ser presentada la medida cautelar».