Proyecto para que la TV exhiba fotografías de victimas de trata de personas y prófugos de la justicia.

Los noticieros de Televisión deberán exhibir fotografías de victimas de trata de personas desapàrecidos y profugos de la justicia.

La iniciativa la presentó la diputada Dulce Granados (FpV). La prestación del servicio tendrá carácter gratuito en los medios televisivos oficiales nacionales., en tanto que en los privados se celebraran convenios Será autoridad de aplicación el AFSCA.

Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados intenta favorecer la tarea de ubicación de las eventuales víctimas de la trata de personas como así también de los desaparecidos y prófugos de la justicia

La iniciativa de la Diputada de la Nación por el Frente para la Victoria, Dulce Granados, establece que «a solicitud del Tribunal o Fiscalía intervinientes, en causas vinculadas con la trata o tráfico de personas, especialmente mujeres y niños, desaparecidos y prófugos de la justicia, los prestadores de servicio de televisión deberán exhibir, en todos sus noticiosos, durante el lapso que establezca la reglamentación, que no podrá ser inferior a siete días, las fotografías de las presuntas víctima, o prófugos de la justicia que al efecto remitan los jueces y fiscales, con indicación de la denominación, dirección física, teléfono, email del Tribunal o Fiscalía.

La prestación del servicio tendrá carácter gratuito en los medios televisivos oficiales nacionales, y la extensión no será considerada para el computo horario de la publicidad comercial. En tanto que en los medios privados se celebraran convenios Los gastos que demanden la ejecución de la presente ley se imputaran a Rentas Generales y él AFSCA, será la autoridad de aplicación.

«Los números de estadísticas en relacion con la trata de personas de son elocuentes. Según Naciones Unidas hay 2.500.000 de personas que están siendo esclavizadas, incluyendo a la explotación sexual y que son objeto de trata. En América Latina tenemos 250.000 personas víctima de este delito. Las sumas millonarias que mueve esta actividad ilegal ronda aproximadamente los 32 mil millones de dólares por año. Estamos hablando de delitos aberrantes de crimen organizado de crimen trasnacional, y como tales no es fácil enfrentarlos», fundamentó en su proyecto de ley la diputada Granados.

Agregó «Estamos en presencia de delitos de tal magnitud donde se hace necesario coordinar esfuerzos para que los medios televisivos, exhiban en sus noticieros las fotografías de las presuntas víctimas que envíen los tribunales o fiscales. No solo en los casos de trata durante un plazo de siete dias. plazo en que las personas son transportadas o trasladadas de un lugar a otro, sino tambien de los desaparecidos y profugos de la justicia .entonces que mejor que contar con la colaboración de los noticieros que son masivamente vistos por la población, quienes en definitiva colaboraran de manera directa en aportar datos sobre esas personas».

Granados finalizó » La República Argentina ha asumido el compromiso de erradicar la trata o tráfico de personas, especialmente mujeres y niños. En esta línea y como fruto de la práctica recogida aparece necesario favorecer las tareas de ubicación de las eventuales víctimas con la mayor premura posible apelando a la colaboración masiva de la sociedad, la que se debe involucrar directamente para así facilitar la erradicación de la trata de personas , ubicar a los desaparecidos como asi tambien a aquellos que aparecen vinculados a las causas judiciales y son profugos de la justicia concluyo Granados-

Proyecto de ley

El Senado y la Honorable Cámara de Diputados de la Nación sancionan con fuerza de ley

Art.1°.- A solicitud del Tribunal o Fiscalía intervinientes, en causas vinculadas con la trata o tráfico de personas, especialmente mujeres y niños, desaparecidos y prófugos de la justicia ,los prestadores de servicio de televisión deberán exhibir, en todos sus noticiosos durante el lapso que establezca la reglamentación , que no podrá ser inferior a siete días , las fotografías de las presuntas víctima, o prófugos de la justicia que al efecto remitan los jueces y fiscales , con indicación de la denominación , dirección física , teléfono , e mail del Tribunal o Fiscaliza .-

Art. 2°.-La prestación del servicio tendrá carácter gratuito en los medios televisivos oficiales nacionales, y la extensión no será considerada para el computo horario de la publicidad comercial.

Art 3º.- Se establecerán convenios con los distintos medios audiovisuales privados para hacer efectivo lo dispuesto en el Art 1º

Art. 4°.-Las empresas prestadoras harán saber a la autoridad solicitante la forma en que se cumplió el cometido encomendado a las mismas.

Art 5º.- Los gastos que demanden la ejecución de la presente ley se imputaran a Rentas Generales

Art 6º.- Será autoridad de aplicación el AFSCA.

Art.7°.-La presente ley deberá ser reglamentada por el Poder Ejecutivo Nacional dentro de los 90 días a contar de su promulgación.-

Art. 8°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.