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¿Qué es el reaseguro? y ¿Cuáles son las funciones del reaseguro?

¿Qué es el reaseguro? y ¿Cuáles son las funciones del reaseguro?

1. ¿Qué es el reaseguro?

El Reaseguro es un contrato de seguros en segundo grado. Es el seguro que contrata una compañía de seguros.












El Reaseguro es la transferencia de un riesgo que es eventual, incierto, imprevisible y futuro a otra entidad (reasegurador) a cambio de una prima, con el propósito de reducir la exposición del asegurador original.

Un reaseguro no es un contrato de adhesión, es un acuerdo entre partes, supone la existencia de un seguro y posee todos los elementos de una poliza de seguros que son entre otros el interés asegurable, riesgo, suma asegurada, prima, premio etc.

El Reaseguro es el convenio efectuado entre dos partes una llamada la Compañía Cedente, y la otra el Reasegurador, por medio del cual aquella conviene en ceder y el Reasegurador conviene en aceptar una parte determinada de un riesgo o varios y de acuerdo con los términos convenidos.

¿Qué es el reaseguro? y ¿Cuáles son las funciones del reaseguro?
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2. ¿Cuáles son las funciones del reaseguro?

Las funciones prinicipales son asumir mayores niveles de riesgo y administrar con mayor estabilidad y solvencia el negocio.

El Riesgo Asegurable en el reaseguro no constituye un daño propiamente dicho, sino una disminución de su patrimonio.

En el reaseguro el interés Asegurable es el patrimonio.

El objetivo del reaseguro es:
Homogeneizar valores a riesgos;
Limitar desembolsos financieros importantes;
Proveer capital adicional;
Contribuir al “n” necesario;
Limitar pérdidas;
Distribuir exposiciones;
Proveer conocimientos;
Favorece y apoya a las pequeñas compañias de seguros para la aceptación de riesgos de envergadura y así competir con las grandes compañias en el mercado;
Permite la cobertura de riesgos infrecuentes. Aumenta y protege el capital del asegurador.

Las funciones propiamente dichas del reaseguro son las siguientes:

Cesión: Es la porción reasegurada de un riesgo.
Capacidad: Monto hasta el cual el Asegurador está en condiciones de suscribir riesgos. Es la suma de la retención más el límite ofrecido por el Reasegurador.
Retención: Monto hasta el cual el Asegurador está en condiciones de hacer frente a los siniestros que se produzcan, sin afectar el equilibrio económico y financiero de la cartera de la compañía.
Prioridad: Es el monto que una cedente retiene de cualquier siniestro en los reaseguros de exceso de pérdidas.
Retrocesión: Operación por la que el Reasegurador cede su excedente a otro Reasegurador.

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3. ¿Cómo se clasifican los reaseguros automáticos?

Los reaseguros podemos clasificarlos según su aceptación.
Las formas operativas del reaseguro se dividen en dos

Contratos facultativos y Contratos automáticos:

Contrato facultativo ó Reaseguro Facultativo, es la voluntad del que cede,como la voluntad del que acepta, son totalmente libres, En el Reaseguro facultativo, la cedente ofrece al Reasegurador que desee, riesgos individuales, uno por uno, dando las características principales de cada uno a fin de permitir una decisión por parte del Reasegurador.

Contrato automático:
Se dividen en proporcionales y no proporcionales.

Los proporcionales a su vez se dividen en:
Cuota Parte (Quota Share)
Excedente (Surpluss)

La aseguradora retiene una parte y le cede riesgos (sumas aseguradas y primas proporcionales, o excedentes de sumas) al reasegurador

Cuota Parte (Quota Share)
El contrato de cuota parte implica la cesión de un porcentaje invariable de la prima, participando con igual porcentaje el reasegurador en caso de siniestro. La característica que tipifica este tipo de reaseguro, es simplemente el hecho de que la proporción reasegurada es una, única para cada operación.

El reaseguro participa en la misma proporción en cada riesgo
El reasegurador participa en cada riesgo
La estructura del riesgo se mantiene
Obligan a la cesión de un porcentaje fijo y uniforme de todas y cada una de las pólizas emitidas
La distribución de prima y siniestro se distribuye en función de la Suma Asegurada cedida y retenida

Excedente (Surpluss)
El asegurador fija una retención y cede al reasegurador la diferencia de capital asegurado y la prima proporcional a esa cesión, recibiendo una comisión sobre la prima cedida. Podemos definir a un Contrato de Excedentes como un compromiso entre el Asegurador y Reasegurador a ceder y aceptar una participación variable en los riesgos que la cedente desee incluir en los contratos. En este tipo de contrato la retención de la cedente se denomina Pleno. Este, es la suma que la Cedente decide conservar por cuenta propia, es decir es su retención.
Esta es la característica de este tipo de reaseguro, la cesión es variable, la proporción reasegurada es diferente en cada póliza. Esto es porque se parte del pleno fijado por la compañía cedente, que es un importe en valor absoluto y representa el monto máximo que está dispuesta a afrontar en un siniestro total. El principal beneficio es permitir al asegurador tratar cada póliza de modo particular, decidiendo retener una suma importante si el riesgo lo aconseja o reteniendo una parte del riesgo y cediendo la mayor parte.
Por esta razón en este tipo de contrato de excedentes de suma, el asegurador puede pactar con el reasegurador, además de la comisión básica, una participación en los beneficios del negocio. De esa manera se premia el cuidado en la suscripción de los riesgos. Este tipo de reaseguro permite retener totalmente, es decir no reasegurar las pólizas cuya suma asegurada están por debajo del pleno elegido por la compañía cedente para esa clase de riesgo. Es aplicable a las carteras ya conformadas y estables, compuestas por riesgos de muy variada dimensión y comportamiento siniestral.

Los no proporcionales a su vez se dividen en dos:
La reaseguradora participa por encima de la prioridad de la aseguradora cuando el monto de los siniestros la excede. En casos de siniestros de magnitud, cuenta con el respaldo del reasegurador para minimizar las pérdidas.

Exceso de pérdidas (Excess Loss)
Exceso de siniestralidad (Stop Loss)

Exceso de pérdidas (Excess Loss)
Se basa en la distribución del siniestro, sin tomar en cuenta las sumas aseguradas. Se aplica sobre siniestros ocurridos, cubriendo los siniestros pagados por encima de un valor absoluto denominado prioridad, abonando el reasegurador el excedente en caso de corresponder. Tiene por objeto cubrir todas las pérdidas de la cedente que excedan de una suma determinada en cada siniestro. Por lo que es importante recalcar que las prioridades se aplican por siniestro.

Exceso de siniestralidad (Stop Loss)
En esta modalidad de cobertura el reasegurador pagará un determinado porcentaje de la siniestralidad global de la compañía, por sobre una prioridad porcentual (a cargo de la compañía cedente) y hasta un límite determinado. Este tipo de cobertura, se utiliza generalmente para cubrir la cartera de una compañía en ramos como granizo y otros riesgos de la naturaleza, así como aquellos ramos sometidos a grandes oscilaciones de siniestralidad. El precio es generalmente elevado.

¿Qué es el reaseguro? y ¿Cuáles son las funciones del reaseguro?
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4. ¿Qué se entiende por retención?

Es el Monto hasta el cual el asegurador está en condiciones de hacer frente a los siniestros que se produzcan, sin afectar el equilibrio económico y financiero de la cartera de la compañía.

La Empresa de Seguros determina su retención basándose en las características de los riesgos que componen su cartera, o sea teniendo en cuenta su peligrosidad y su ubicación, todo ello en relación con su propia situación económico-financiera, el monto de sus reservas, su capital y el volumen de primas que maneja. De esta manera nivela sus riesgos retenidos, o sea los homogeniza y limita las responsabilidades a su cargo para normalizar el comportamiento de la cartera de riesgos asumidos, y cede al reaseguro los riesgos que exceden su retención, percibiendo una comisión que le compensa los gastos de administración y adquisición.

El reaseguro provee la capacidad financiera que se necesita para lograr la viabilidad del sistema asegurador. El Reasegurador es un “socio financiero” de un Compañía de Seguros.

Se entiende por retención a la parte del riesgo que queda a cargo del Asegurador.

El asegurador puede ceder parte del riesgo asumido al reaseguro, pero es el único obligado con respecto al tomador del seguro. (Art. 159 LS).

En este tipo de contrato la “Buena Fe” adquiere una importancia especial, ya que el reasegurador no tiene la posibilidad de analizar cada uno de los riesgos que asume, lo que le obliga a confiar en la información suministrada por el Asegurador, que suele ser de carácter estadístico, esto hace que el reaseguro confíe en la buena selección de riesgos del Asegurador, salvo excepciones.

Algunos seguros pueden expedirse, solamente porque existe el reaseguro para cubrir los sobrantes de retenciones.

¿Qué es el reaseguro? y ¿Cuáles son las funciones del reaseguro?
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5. ¿Qué es la retrocesión?

Es una Operación por la que el Reasegurador cede su excedente a otro Reasegurador

La retrocesión es el reaseguro cedido por un reasegurador a otra entidad aseguradora o reaseguradora para liberar una parte de los riesgos por él asumidos, equilibrando así sus resultados y homogeneizando sus responsabilidades. Podría decirse que se trata, de un reaseguro del reasegurador.

La retrocesión se produce cuando un asegurador suscribe riesgos muy grandes que exceden la capacidad de un mercado nacional y que al cederlo al reaseguro puede también sobrepasar la retención que el reasegurador desea mantener por cuenta propia.

El reasegurador que ha aceptado participar en el riesgo con cuotas superiores a las que desea soportar por cuenta propia, ha de buscar retrocesionarios, ocupándose por tanto de dispersar el riesgo.

El mecanismo de retrocesión, así como el Asegurador “cede” una parte de los riesgos que acepta, debido a que le es muy difícil retener por sí mismo los montos asegurados, y así puede suceder que el nuevo reasegurador que interviene ceda también parte de sus riesgos, a este mecanismo de “atomización” de un gran riesgo se lo conoce con el nombre de retrocesión.

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