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Restricciones vigentes en la Ciudad de Buenos Aires.

El gobierno porteño recordó cuáles son las restricciones vigentes en la Ciudad de Buenos Aires en el transporte, los comercios, reuniones sociales y la administración pública, entre otros, en el marco de la prevención por los aumentos de contagios de coronavirus durante este feriado de Semana Santa.

Transporte

Según se detalló en un comunicado, con respecto al transporte se debe tener en cuenta que «se encuentra habilitado únicamente para trabajadores esenciales, alumnos con sus respectivos acompañantes, y personal docente y no docente».

Con respecto a los subtes, se informó que sólo se permiten 15 personas paradas por coche, que funcionan con horario especial de lunes a sábado desde las 6; mientras que los domingos y feriados es desde las 8; y que permanecen cerradas 30 estaciones.

En el caso de los colectivos, las autoridades porteñas indicaron que se permiten 10 personas paradas en horarios pico, en el marco del protocolo establecido.

Sobre el estacionamiento medido, el gobierno porteño recordó que continúa sin funcionar la restricción vehicular de Microcentro y Tribunales Peatonal; y que desde hace más de un mes es obligatorio el pago del peaje con Telepase.

Sobre el estacionamiento medido, el gobierno porteño recordó que continúa sin funcionar la restricción vehicular de Microcentro y Tribunales Peatonal.

Reuniones sociales

Por otra parte, se advirtió que desde el 10/01/2021 en las reuniones sociales se redujeron de 20 a 10 la cantidad de personas permitidas, tanto en espacios abiertos como cerrados, tal como lo estipula el decreto 21/2021.

Comercios

Asimismo, en lo referido a las actividades comerciales, desde el 18/02/2021 se estableció que los establecimientos gastronómicos funcionan con un 30% de su capacidad y no pueden abrir de 2 a 6 de la mañana, tal como se consignó en la resolución N°42/MDEPGC/21.

Administración pública

Las oficinas administrativas funcionan con atención al público limitada, con turno previo, para ello se dispuso el coeficiente de ocupación del aforo, que será de un máximo del 30% en relación a la capacidad máxima habilitada, siempre y cuando el establecimiento cuente con 10 renovaciones de aire por hora, establecido en la resolución N° 74-MDEPGC/2021.

Cultura y entretenimiento

Por último, se informó que desde el 10/01/2021 la actividad cultural y de entretenimientos debe cerrar de 1 a 6 de la mañana; mientras que desde el 26/02/2021 las salas cinematográficas funcionan con un 30% de su capacidad.

Para más información

La Ciudad tiene publicados todos los protocolos en la web: https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/protocolos.