Sancionarán a los comercios que no trasladen la baja del IVA a productos básicos.

El director nacional de Defensa del Consumidor, Fernando Blanco Muiño, advirtió hoy que se sancionará a los comercios que incrementen su rentabilidad en vez de trasladar la baja del IVA al precio final de 13 productos de la canasta básica.

El director nacional de Defensa del Consumidor, Fernando Blanco Muiño, advirtió que no deberían faltar productos en góndola» porque los supermercados «no tienen limitación de disponibilidad de stocks y hay capacidad interna de producción»

El objetivo de la medida adoptada por el Gobierno nacional «no es generar mejor condiciones para la comercialización, sino para la compra de los consumidores», dijo Blanco Muiño en declaraciones a radio La Red.

Entre las 6 y las 8 horas de cada día, explicó el director, «todas las cadenas informan precios para todos sus puntos de venta, y a partir de la información histórica y la nueva se van a hacer los controles para que la baja de la carga tributaria no vaya a rentabilidad».

Según el funcionario «no deberían faltar productos en góndola» porque los supermercados «no tienen limitación de disponibilidad de stocks y hay capacidad interna de producción».

Blanco Muiño justificó la no inclusión de carnes, frutas y verduras, ya que al ser productos frescos y estacionales «es más difícil el control», aunque admitió que están en estudio medidas para productos de higiene y limpieza.

El presidente de la Federación de Almaceneros de la Provincia de Buenos Aires, Fernando Savore, dijo que el anuncio sobre la rebaja total y transitoria del IVA a los alimentos básicos «va a beneficiar al consumidor», y aseguró que la baja en los precios en cada producto puede comenzar a verse mañana «cuando lleguen con la nueva medida las listas de los mayoristas».

«El anuncio nos puso contentos, todo lo que sirve para beneficiar al consumidor a nosotros nos pone felices. Lo que vamos a hacer nosotros es esperar que vengan las listas rebajadas», explicó hoy Savore en declaraciones a radio Provincia.

Resaltó que ayer dialogó con dos mayoristas proveedores y los dos le dijeron que en el día de hoy van a trabajar en aplicar la medida, por eso, indicó, «para mañana tendremos todo», al referirse a la rebaja en los productos básicos.

El Gobierno nacional eliminó el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que grava a los productos en un 21%, a 13 alimentos de la canasta básica hasta fin de año, a través del decreto 567/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial.

El mismo determinó que la venta de estos 13 productos de la canasta alimentaria estará alcanzada por una alícuota equivalente al 0% en el IVA,

Se trata de aceite de girasol, maíz y mezcla, arroz, azúcar, conservas de frutas, hortalizas y legumbres, harina de maíz, harinas de trigo, huevos, leche fluida entera o descremada con aditivos, pan, pan rallado y rebozador, pastas secas, yerba mate, mate cocido y té, yogur entero y descremado.

El decreto precisó que la medida comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive.

La norma establece que el Ministerio de Producción y Trabajo está facultado para intervenir en los mercados «en los casos en que su funcionamiento perjudique la lealtad comercial, el bienestar de los usuarios y consumidores y el normal desenvolvimiento de la economía de acuerdo a los objetivos del desarrollo nacional».

Se señala además la vigencia hasta fin de año de la ley 27.345, de emergencia social, «con miras a garantizar alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, cobertura médica, transporte y esparcimiento, vacaciones y protección previsional», con fundamento en las garantías otorgadas al «trabajo en sus diversas formas» por el artículo 14 bis y al mandato de procurar «el progreso económico con justicia social» establecido en el artículo 75, inciso 19, ambos de la Constitución nacional.

En ese marco, indicó el decreto, «corresponde velar y garantizar el abastecimiento normal y habitual en el mercado interno a efectos de cubrir las necesidades del pueblo argentino».

La medida indica asimismo que la falta de suministro de productos en el mercado «provoca un grave impacto, con el consiguiente perjuicio de la sociedad toda, requiriendo la adopción de medidas urgentes por parte del Gobierno nacional».

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- La venta de los productos de la canasta alimentaria que se detallan en el Anexo(IF-2019-73155740-APN-SCI#MPYT) que forma parte integrante de la presente medida, estará alcanzada por unaalícuota equivalente al CERO POR CIENTO (0%) en el impuesto al valor agregado, establecido por la Ley deImpuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, cuando se comercialicen aconsumidores finales.

ARTÍCULO 2º.- La presente medida comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial, hasta el 31 dediciembre de 2019, inclusive.ARTÍCULO 3º.-

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI – Marcos Peña – Dante Sica – Nicolas Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA-www.boletinoficial.gob.ar-e. 16/08/2019 N° 60440/19 v. 16/08/2019