{"id":123989,"date":"2022-12-28T10:43:20","date_gmt":"2022-12-28T10:43:20","guid":{"rendered":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/?p=123989"},"modified":"2022-12-28T10:43:22","modified_gmt":"2022-12-28T10:43:22","slug":"la-validez-de-las-recetas-medicas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/la-validez-de-las-recetas-medicas\/","title":{"rendered":"La validez de las recetas m\u00e9dicas"},"content":{"rendered":"<h2>El Ministerio y organismos de salud emitieron un comunicado sobre la validez de las recetas m\u00e9dicas<\/h2>\n<p>El Ministerio de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la Rep\u00fablica Argentina, la Confederaci\u00f3n Farmac\u00e9utica Argentina, la Asociaci\u00f3n de Propietarios de Farmacias Argentinas, la Federaci\u00f3n Argentina de C\u00e1maras de Farmacias y la Federaci\u00f3n Farmac\u00e9utica emitieron un comunicado conjunto acompa\u00f1ando la Resoluci\u00f3n Ministerial 3622\/22 que retoma el sistema de recetas previo al Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO).<\/p>\n<p>As\u00ed, estos organismos de salud establecen que de modo excepcional, se hab\u00eda autorizado, mientras durara el ASPO, la utilizaci\u00f3n de fotos de recetas enviadas por canales digitales (Whatsapp y correo electr\u00f3nico) para tratamientos cr\u00f3nicos con una validez de siete d\u00edas, mecanismo s\u00f3lo \u00abaceptable en tiempos de emergencia\u00bb.<\/p>\n<p>\u00abEsta resoluci\u00f3n dej\u00f3 de estar vigente, y de hecho en la gran mayor\u00eda del territorio nacional y en los distintos subsectores del sistema de salud (obras sociales provinciales, sistema p\u00fablico de salud y algunas obras sociales nacionales y prepagas) ya no se utiliza\u00bb, detallaron en el comunicado.<\/p>\n<p>En tanto, las recetas digitales o electr\u00f3nicas contin\u00faan siendo v\u00e1lidas en todo el territorio nacional, de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.553.<\/p>\n<p>En este sentido, \u00abtodas las recetas digitales\/electr\u00f3nicas de PAMI, obras sociales, sector p\u00fablico o empresas de medicina prepaga que se ven\u00edan utilizando siguen vigentes, exactamente como hasta ahora\u00bb, se\u00f1alaron.<\/p>\n<p>Por ende, lo \u00fanico que queda sin efecto \u00abes la posibilidad de presentar una foto de receta m\u00e9dica en las farmacias, excepto para aquellos pacientes con condiciones cr\u00f3nicas y tratamientos prolongados que ven\u00edan utilizando este mecanismo, en cuyo caso se tomar\u00e1n como v\u00e1lidas hasta el 28 de febrero de 2023\u00bb, seg\u00fan lo acordado por los firmantes del comunicado.<\/p>\n<h2>El Ministerio de Salud dej\u00f3 sin validez las recetas m\u00e9dicas enviadas por mail o WhatsApp<\/h2>\n<p>El Ministerio de Salud dispuso que ya no ser\u00e1n v\u00e1lidas las recetas confeccionadas en papel y enviadas v\u00eda web, mail o WhatsApp para solicitar un tratamiento en las farmacias, seg\u00fan la resoluci\u00f3n publicada hoy en el Bolet\u00edn Oficial \u00abporque no tienen los mecanismos de seguridad adecuados\u00bb, explic\u00f3 Claudio Ortiz, subsecretario de Calidad, Regulaci\u00f3n y Fiscalizaci\u00f3n del organismo.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n N\u00ba3622\/2022, que entr\u00f3 en vigencia este lunes con su publicaci\u00f3n en el Bolet\u00edn Oficial, derog\u00f3 la resoluci\u00f3n N\u00ba 696\/20 del 31 de marzo de 2020, que habilitaba la presentaci\u00f3n en la farmacia de prescripciones en formato de mensaje de texto o mensajes \u00aba trav\u00e9s de aplicaciones de mensajer\u00eda v\u00eda web, mail o fax\u00bb, indic\u00f3 el texto.<\/p>\n<p>\u00abSe vuelve al sistema que reg\u00eda antes de la pandemia, o sea la receta en papel con firma hologr\u00e1fica del m\u00e9dico, o la receta electr\u00f3nica o digital para aquellos prestadores que disponen de estos sistemas, como por ejemplo el PAMI\u00bb, explic\u00f3 a T\u00e9lam Ortiz.<\/p>\n<p>Con motivo de la ampliaci\u00f3n de la emergencia sanitaria establecida por la Ley N\u00b0 27.541, se autorizaron modificaciones en la prescripci\u00f3n y dispensa de medicamentos psicotr\u00f3picos u otros para la atenci\u00f3n de patolog\u00edas cr\u00f3nicas y eventualmente agudas mientras dure la emergencia.<\/p>\n<p>De esta forma, la resoluci\u00f3n derogada permit\u00eda presentar la prescripci\u00f3n m\u00e9dica en la farmacia \u00aba fin de que el paciente no deba presentarse al centro de salud u hospital para que le sea renovada la receta de medicamentos cr\u00f3nicos y\/o cualquier otro medicamento que utilice habitualmente\u00bb.<\/p>\n<p>Los motivos de la derogaci\u00f3n se deben a que la v\u00eda de excepci\u00f3n implementada durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) \u00abno tiene todos los mecanismos de seguridad que s\u00ed tienen las recetas electr\u00f3nicas o digitales, y era solo aceptable en un contexto de emergencia\u00bb, explic\u00f3 Ortiz.<\/p>\n<p>En cambio, con las recetas electr\u00f3nica o digitales, \u00abla identificaci\u00f3n del paciente, el profesional y el medicamento se hacen de acuerdo con mecanismos de seguridad que las hacen un\u00edvocas, lo que no ocurre con las fotos de las recetas en papel, que, por ejemplo, pueden ser falsificadas\u00bb, agreg\u00f3.<\/p>\n<p>En este sentido, el funcionario remarc\u00f3 que con la nueva medida, y \u00abcomo antes del ASPO, los pacientes cr\u00f3nicos pueden recibir las recetas correspondientes a 60 o 90 d\u00edas de tratamiento para evitar la concurrencia mensual\u00bb.<\/p>\n<p>Otra alternativa posible para los pacientes es que \u00abreciban la receta electr\u00f3nica\/digital con firma electr\u00f3nica, si su prestador dispone de ese sistema\u00bb.<\/p>\n<p>Consultado sobre si la nueva regulaci\u00f3n tambi\u00e9n comprende las prescripciones enviadas a cl\u00ednicas, hospitales y\/o ex\u00e1menes de laboratorios, Ortiz aclar\u00f3 que abarca \u00absolo a prescripci\u00f3n de medicamentos y su venta en farmacias\u00bb.<\/p>\n<p>Si bien la ley de prescripci\u00f3n de recetas electr\u00f3nicas y la teleasistencia en salud, que fue aprobada por el Senado el 23 de julio de 2020 a\u00fan \u00abno est\u00e1 reglamentada, tiene un expediente de reglamentaci\u00f3n que se est\u00e1 tramitando en el ministerio\u00bb, asegur\u00f3 Ortiz.<\/p>\n<p>Esta iniciativa autoriza la prescripci\u00f3n m\u00e9dica, odontol\u00f3gica o de otros profesionales de las recetas o estudios m\u00e9dicos a todos los profesionales sanitarios legalmente facultados a prescribir, en los respectivos \u00e1mbitos de asistencia sanitaria y atenci\u00f3n farmac\u00e9utica p\u00fablica y privada.<\/p>\n<p>De este modo, se determin\u00f3 que los medicamentos prescriptos en receta de formato electr\u00f3nico o digital deber\u00e1n ser dispensados en cualquier farmacia del territorio nacional, servicios de farmacia de establecimientos de salud y establecimientos del sector salud habilitados.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se estableci\u00f3 que los responsables de la fiscalizaci\u00f3n de los sistemas de receta electr\u00f3nica y plataformas de teleasistencia deben \u00abgarantizar la custodia de las bases de datos de asistencia profesional virtual (historias cl\u00ednicas digitales), prescripci\u00f3n, dispensaci\u00f3n y archivo\u00bb.<\/p>\n<p>Seg\u00fan lo publicado hoy en el Bolet\u00edn Oficial, a partir del avance de las coberturas de vacunaci\u00f3n, \u00abse ha logrado disminuir de manera considerable la incidencia de enfermedad grave y la mortalidad por Covid-19, independientemente de la variante circulante\u00bb.<\/p>\n<p>El impacto del coronavirus en 2022 \u00abse da en el marco de una poblaci\u00f3n con altas coberturas de vacunaci\u00f3n\u00bb, en la que \u00abla ocupaci\u00f3n de camas de terapia intensiva por Covid-19, todas las provincias se ubican por debajo del 78% de ocupaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a la cobertura de vacunaci\u00f3n, el Bolet\u00edn Oficial consign\u00f3 que, desde el inicio de la campa\u00f1a nacional de vacunaci\u00f3n de Covid-19 hasta el 19 de diciembre de 2022 \u00abse alcanz\u00f3 una cobertura del 82% en poblaci\u00f3n general y 86,1% en mayores de 3 a\u00f1os con esquema primario\u00bb.<\/p>\n<h2>Salud no considera recetas digitales a las \u00abfotos\u00bb de las prescripciones m\u00e9dicas<\/h2>\n<p>La prescripci\u00f3n de medicamentos a trav\u00e9s de \u00abfotos\u00bb de las recetas enviadas por mensaje de texto, aplicaciones de mensajer\u00eda v\u00eda web, mail o fax, no se consideran \u00abdigitales o electr\u00f3nicas\u00bb para el Ministerio de Salud.<\/p>\n<p>En acuerdo con asociaciones farmac\u00e9uticas, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la Rep\u00fablica Argentina y la Superintendencia de Salud, se defini\u00f3 que a aquellos pacientes con enfermedades cr\u00f3nicas, que ven\u00edan utilizando esta modalidad hasta hoy, se les aceptar\u00e1 la foto de la receta en las farmacias hasta el pr\u00f3ximo 28 de febrero, para facilitar el proceso de transici\u00f3n, informaron hoy.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n 696\/20, derogada ayer, hab\u00eda sido emitida para que los pacientes con patolog\u00edas cr\u00f3nicas no tuvieran que circular para continuar su tratamiento en medio del aislamiento.<\/p>\n<p>Sin embargo, el Ministerio consider\u00f3 que en un contexto epidemiol\u00f3gico y sanitario diferente al Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO), \u00abes imprescindible retomar los procedimientos habituales, que permiten una mayor seguridad y trazabilidad de los medicamentos, promoviendo su uso racional\u00bb.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, cabe destacar que, en la mayor\u00eda de las provincias y de los subsectores del sistema de salud, la posibilidad de presentar recetas a trav\u00e9s de fotos no est\u00e1 vigente dado que, luego del ASPO, la resoluci\u00f3n dej\u00f3 de estarlo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 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