{"id":51122,"date":"2016-05-06T13:01:52","date_gmt":"2016-05-06T13:01:52","guid":{"rendered":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/?p=51122"},"modified":"2016-05-06T13:01:52","modified_gmt":"2016-05-06T13:01:52","slug":"incorporan-al-codigo-de-transito-servicios-de-motos-y-bicicletas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/incorporan-al-codigo-de-transito-servicios-de-motos-y-bicicletas\/","title":{"rendered":"Incorporan al C\u00f3digo de Tr\u00e1nsito servicios de motos y bicicletas"},"content":{"rendered":"<p>La Legislatura porte\u00f1a regul\u00f3 la actividad de mensajer\u00eda urbana y reparto a domicilio de sustancias alimenticias en motoveh\u00edculos o ciclorodados. Las penalidades son apercibimiento, suspensi\u00f3n de la habilitaci\u00f3n por 30 d\u00edas y baja de la habilitaci\u00f3n de prestador \u00abcuando el servicio se prestare con acompa\u00f1antes, o mediante una unidad no registrada, o mediante un conductor no registrado\u00bb. Se cre\u00f3 un Registro \u00danico. Requisitos para los conductores. Caracter\u00edsticas de los veh\u00edculos.<br \/>\nLas actividades de mensajer\u00eda urbana y reparto a domicilio de sustancias alimenticias en motoveh\u00edculos o ciclorodados tambi\u00e9n conocidos como deliverys, que ha crecido notablemente en los \u00faltimos a\u00f1os ocupando un lugar de notoriedad en el flujo vehicular de la Ciudad de Buenos Aires, fueron incorporadas al C\u00f3digo de Tr\u00e1nsito y Transporte mediante una aprobaci\u00f3n por unanimidad.<\/p>\n<p>De esta manera se otorga un marco legal al sector, considerando aspectos tales como la exigibilidad de habilitaci\u00f3n, el r\u00e9gimen laboral de los conductores, las caracter\u00edsticas de los veh\u00edculos, los seguros exigibles y la creaci\u00f3n del registro \u00fanico, entre otros. Tambi\u00e9n se establecen pautas que influyen en la seguridad vial, caracter\u00edsticas de los veh\u00edculos, la capacitaci\u00f3n del conductor, su indumentaria y determina los seguros exigibles.<\/p>\n<p>La ley dispone la creaci\u00f3n de un registro fomentando la inscripci\u00f3n como condici\u00f3n previa para el funcionamiento del servicio, logrando transparencia y protecci\u00f3n para los usuarios. Y al determinar las condiciones laborales del personal afectado a la actividad, se pretende brindar protecci\u00f3n y seguridad a los trabajadores, luchando por evitar situaciones de empleo no registrado.<\/p>\n<p>La norma que incorpora el T\u00edtulo Decimotercero al C\u00f3digo de Tr\u00e1nsito y Transporte sancionada a partir de un despacho elevado por la Comisi\u00f3n legislativa que entiende en la materia al que adhiri\u00f3 su par de Desarrollo Econ\u00f3mico, MerCoSur y Pol\u00edticas de Empleo, fue impulsada por el diputado Daniel Presti (PRO).<\/p>\n<p>Definiciones<\/p>\n<p>&#8211; Mensajer\u00eda Urbana: \u00abcomprende el retiro y entrega de elementos varios de peque\u00f1a y mediana paqueter\u00eda y\/o la realizaci\u00f3n de gestiones desde su solicitud y hasta el o los domicilios que sean indicados, sin tratamiento o procesamiento, utilizando como medio de transporte un motoveh\u00edculo o ciclorodado, en un plazo menor a las 24 horas y en un \u00e1mbito urbano acotado\u00bb.<\/p>\n<p>&#8211; Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias: \u00ababarca al transporte de sustancias alimenticias desde el domicilio de su proveedor hasta su entrega en el domicilio que el cliente indique, utilizando como medio de transporte un motoveh\u00edculo o ciclorodado\u00bb.<\/p>\n<p>&#8211; Prestador del Servicio de Mensajer\u00eda Urbana y\/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias: \u00abla persona f\u00edsica o jur\u00eddica que presta el servicio de Mensajer\u00eda Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias y lo realiza a trav\u00e9s de un Conductor habilitado, bajo su dependencia y responsabilidad\u00bb.<\/p>\n<p>&#8211; Conductor habilitado: \u00abaqu\u00e9lla persona f\u00edsica que efect\u00faa el servicio de Mensajer\u00eda Urbana o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias en motoveh\u00edculo o ciclorodado\u00bb.<\/p>\n<p>Exigencias de habilitaci\u00f3n y registro<\/p>\n<p>La ley establece que \u00abLa prestaci\u00f3n (&#8230;) s\u00f3lo puede ser desarrollada por personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que cuenten con la habilitaci\u00f3n otorgada por la autoridad de aplicaci\u00f3n. En todos los supuestos, el transporte utilizado deber\u00e1 observar los recaudos establecidos conforme el r\u00e9gimen de mercader\u00edas que se transporte o gesti\u00f3n que se realice en caso de corresponder\u00bb.<\/p>\n<p>Quienes \u00abdesarrollen su actividad en el \u00e1mbito de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires o desde \u00e9sta hacia jurisdicci\u00f3n extra\u00f1a, deber\u00e1n contar con la habilitaci\u00f3n prevista en el presente T\u00edtulo. Cuando el servicio sea prestado interjurisdiccionalmente deber\u00e1 adem\u00e1s poseer la habilitaci\u00f3n otorgada por la autoridad competente\u00bb.<\/p>\n<p>Los motoveh\u00edculos utilizados deber\u00e1n estar previamente registrados y la vigencia de la habilitaci\u00f3n ser\u00e1 de un a\u00f1o pudiendo renovarse en forma indefinida en tanto se cumplan los requisitos. Y \u00abest\u00e1 prohibido realizar cualquier acto de disposici\u00f3n, transferencia de uso y goce, locaci\u00f3n, cesi\u00f3n, comodato o venta de las habilitaciones\u00bb.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, podr\u00e1n solicitar el alta, la renovaci\u00f3n o la baja de habilitaciones de Prestador del Servicio \u00ablas personas f\u00edsicas con capacidad legal para contratar, conforme lo establecido por el C\u00f3digo Civil y Comercial, de nacionalidad argentina, naturalizados o extranjeros con residencia definitiva en Argentina y las personas jur\u00eddicas, legalmente constituidas en el marco de la Ley N\u00b0 19.550 e inscriptas en el Registro P\u00fablico de Comercio de la Ciudad, con domicilio legal constituido dentro de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires\u00bb.<\/p>\n<p>Requisitos para los conductores<\/p>\n<p>Para ser habilitado como conductor se deber\u00e1 tener una edad m\u00ednima de 18 a\u00f1os para prestar el servicio en motoveh\u00edculos y de 16 a\u00f1os para el transporte en ciclorodados; poseer licencia de conductor, cuando corresponda y aprobar el curso de capacitaci\u00f3n que establezca la autoridad de aplicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Entre los requisitos para obtener la habilitaci\u00f3n de conductor se fijaron: la solicitud de alta indicando tipo de actividad (Mensajer\u00eda Urbana y\/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias), identidad del solicitante, acreditar la titularidad del motoveh\u00edculo o el derecho de uso sobre el mismo, cuando no resulte de propiedad del prestador; presentar la constancia de pago del impuesto a la Radicaci\u00f3n de Veh\u00edculos, cuando el mismo resulte de su propiedad o detente el derecho de uso del mismo; Constancia de aprobaci\u00f3n de la Verificaci\u00f3n T\u00e9cnica Vehicular o de haber cumplido con las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas del veh\u00edculo, cuando resulte de su propiedad o detente el derecho de uso del mismo; mantener la vigencia de los seguros que correspondan a su actividad; cuando ejecute servicios de Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias, presentar la Libreta Sanitaria otorgada por la autoridad competente y la Constancia de Alta de la relaci\u00f3n laboral otorgada por AFIP, de corresponder.<\/p>\n<p>La cantidad m\u00ednima de conductores destinados a los servicios es de 3 sin perjuicio de la habilitaci\u00f3n que pudiere poseer el prestador. Y en el supuesto de prestadores del servicio de Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias como complementario de su actividad principal, la cantidad m\u00ednima de conductores es de uno. Los motoveh\u00edculos no podr\u00e1n tener una antig\u00fcedad m\u00e1xima de 10 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Mientras se desarrolla la actividad queda prohibido el uso de patines, patinetas o dispositivos similares, y el transporte de acompa\u00f1antes. Incluso, todo titular de una habilitaci\u00f3n deber\u00e1 poseer los seguros de responsabilidad civil y de accidentes personales (en caso de corresponder), para el supuesto de conductor seguros de responsabilidad civil, de accidentes de trabajo y de vida obligatorio.<\/p>\n<p>Caracter\u00edsticas de los veh\u00edculos<\/p>\n<p>La actividad que se efect\u00faa en motoveh\u00edculos o ciclorodados deber\u00e1 contar con un caj\u00f3n de tapa herm\u00e9tica, revestido interiormente con material liso, de f\u00e1cil limpieza, impermeable e inoxidable. En los veh\u00edculos que transporten sustancias alimenticias contenidas en envases herm\u00e9ticos o al vac\u00edo, destinadas a ser comercializadas por unidad, no se requerir\u00e1 que el lugar destinado al conductor est\u00e9 independizado del resto del veh\u00edculo. y se proh\u00edbe el uso de los veh\u00edculos denominados \u00abCocinas ambulantes\u00bb.\u00bb<\/p>\n<p>Se cre\u00f3 un registro<\/p>\n<p>La ley contempla que la autoridad de aplicaci\u00f3n por s\u00ed o a trav\u00e9s de terceros, es la responsable de mantener actualizado el Registro \u00danico de Transporte en Motoveh\u00edculos y\/o Ciclorodados (RUTRAMYC), como condici\u00f3n previa para el funcionamiento del servicio del que resultan habilitados.<\/p>\n<p>Penalidades<\/p>\n<p>Respecto a las penalidades la normativa aprobada hoy prev\u00e9 que el prestador tendr\u00e1:<\/p>\n<p>&#8211; Apercibimiento: \u00absi el vencimiento de la habilitaci\u00f3n del conductor y\/o de la Verificaci\u00f3n T\u00e9cnica Vehicular es igual o inferior a los sesenta (60) d\u00edas corridos. En estos casos, el conductor y\/o el veh\u00edculo, seg\u00fan corresponda, quedan inhabilitados hasta regularizar la infracci\u00f3n. La acumulaci\u00f3n de tres (3) apercibimientos en un a\u00f1o implica la suspensi\u00f3n de la habilitaci\u00f3n del prestador por sesenta (60) d\u00edas, con impedimento de renovaci\u00f3n dentro de ese plazo\u00bb.<\/p>\n<p>&#8211; Suspensi\u00f3n de la habilitaci\u00f3n por treinta (30) d\u00edas: \u00absi el vencimiento de la habilitaci\u00f3n del conductor y\/o de la Verificaci\u00f3n T\u00e9cnica Vehicular es superior a los sesenta (60) d\u00edas corridos  En estos casos, el conductor y\/o el veh\u00edculo, seg\u00fan corresponda, quedan inhabilitados hasta regularizar la infracci\u00f3n. En caso de repetirse la causal de suspensi\u00f3n durante un a\u00f1o, se aplicar\u00e1 la sanci\u00f3n de baja de la habilitaci\u00f3n prevista en el inciso siguiente\u00bb.<\/p>\n<p>&#8211; Baja de la habilitaci\u00f3n de Prestador: \u00abcuando el servicio se prestare con acompa\u00f1antes, o mediante una unidad no registrada, o mediante un conductor no registrado. La sanci\u00f3n de baja importa la imposibilidad de solicitud de una nueva habilitaci\u00f3n para el Prestador, cuando se tratare de una persona f\u00edsica, o de todos los socios cuando se tratare de una persona jur\u00eddica, por el t\u00e9rmino de cinco (5) a\u00f1os. Tambi\u00e9n se aplicar\u00e1 la sanci\u00f3n de baja de la habilitaci\u00f3n del prestador cuando se verificare que el veh\u00edculo en cuesti\u00f3n posea falsificados los datos y\/o posea caracter\u00edsticas id\u00e9nticas a las de otro registrado, y verifique la Autoridad de Aplicaci\u00f3n que su propietario es titular de una habilitaci\u00f3n, se proceder\u00e1 a declarar la caducidad de las respectivas habilitaciones, siempre que resulte comprobada la responsabilidad del titular\u00bb.<\/p>\n<p>Tras la sanci\u00f3n, destacaron el proceso participativo y de consenso logrado tras una larga labor legislativa los diputados Claudio Palmeyro (SP), Roy Cortina (PS), Maximiliano Ferraro (CC), Gabriel Fuks, Claudio Heredia (FpV). En tanto, el autor del proyecto Daniel Presti (PRO) tambi\u00e9n mencion\u00f3 la colaboraci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n Sindical de Motociclistas Mensajeros y Servicios &#8211; ASIMM- a trav\u00e9s de sus directivos Marcelo Pariente, Maximiliano Arranz, Daniel C\u00f3rdoba, Alejandro Martinelli y Gabriel Acevedo, secretarios general, adjunto, gremial, tesorero y de actas respectivamente.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Legislatura porte\u00f1a regul\u00f3 la actividad de mensajer\u00eda urbana y<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"googlesitekit_rrm_CAoiEKQAcszWB3ENp8kT4cmXl3c:productID":"","footnotes":""},"categories":[56,47,16],"tags":[],"class_list":["post-51122","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-ciencia","category-legislatura","category-noticias-de-la-ciudad"],"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51122","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=51122"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/51122\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=51122"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=51122"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=51122"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}