{"id":64110,"date":"2017-07-10T21:23:53","date_gmt":"2017-07-10T21:23:53","guid":{"rendered":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/?p=64110"},"modified":"2017-07-10T21:23:53","modified_gmt":"2017-07-10T21:23:53","slug":"la-universidad-de-buenos-aires-es-competencia-de-la-justicia-federal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/la-universidad-de-buenos-aires-es-competencia-de-la-justicia-federal\/","title":{"rendered":"La Universidad de Buenos Aires es competencia de la justicia federal"},"content":{"rendered":"<p>As\u00ed lo confirm\u00f3 la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas al no hacer lugar al recurso interpuesto por la querella en una causa por discriminaci\u00f3n contra las autoridades de la Facultad de Derecho de la UBA. Si bien la infracci\u00f3n a la ley contra actos discriminatorios es competencia de la justicia local, por ser la Universidad de Buenos Aires \u201cun sujeto de derecho p\u00fablico\u201d, que \u201ces parte del Estado Nacional\u201d, los camaristas confirmaron lo dispuesto en primera instancia y remitieron la causa a la C\u00e1mara en lo Criminal y Correccional Federal.<\/p>\n<p>La Sala III de la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires resolvi\u00f3, \u201cno hacer lugar al recurso\u201d planteado por la parte querellante y \u201cconfirmar\u201d la declaraci\u00f3n de incompetencia del fuero dictada en primera instancia, en la causa caratulada \u201cP.,M. sobre Ley Nacional 23592 art. 3 Organizaci\u00f3n\/Propaganda Discriminatoria\u201d, en la que se denunci\u00f3 a las autoridades de la Facultad de Derecho de la UBA por \u201cel acto discriminatorio que presuntamente habr\u00edan desarrollado\u201d contra la denunciante al haber aprobado una resoluci\u00f3n \u201cpor la cual se dispuso su separaci\u00f3n del cargo de Secretario de Vinculaci\u00f3n Ciudadana\u201d.<\/p>\n<p>En la resoluci\u00f3n firmada el 2 de mayo por los jueces Jorge Franza y Silvina Manes (Marta Paz no suscribi\u00f3 por encontrarse en uso de licencia), se se\u00f1ala que los hechos descriptos fueron encuadrados por la parte querellante en la figura penal prevista en el art. 3 p\u00e1rrafo segundo de la Ley 23.592 contra actos discriminatorios -en el caso por supuesta persecuci\u00f3n contra una persona a causa de sus ideas pol\u00edticas-. \u201cSi bien el tipo penal endilgado ha sido transferido a la \u00f3rbita de esta Ciudad mediante la ley 26.357, lo que se encuentra controvertido en las presentes es la competencia material en los t\u00e9rminos de lo que el Dr. Mariano Borinsky llama \u2018Competencia Federal por la persona o investidura del sujeto\u2019, que es aquella establecida por el art. 116 de la Constituci\u00f3n Nacional\u201d, expresan los camaristas en los fundamentos de la sentencia.<\/p>\n<p>Los magistrados entendieron que \u201cal tratarse de funcionarios p\u00fablicos en ejercicio de sus labores, no quedan dudas de que estamos en presencia de ejercicio de jurisdicci\u00f3n administrativa de car\u00e1cter nacional, con lo que su control es necesariamente de competencia federal\u201d. Coincidiendo con lo resuelto por la jueza de primera instancia Patricia Larocca, los camaristas citaron los argumentos de la sentencia confirmada al se\u00f1alar que \u201ctodo juicio o reclamo efectuado contra autoridades de la UBA, incluso vinculadas a cuestiones de empleo p\u00fablico, deben tramitar en el Fuero Federal\u201d.<\/p>\n<p>En su sentencia, destacaron que la resoluci\u00f3n adoptada, \u201cpresenta todos los elementos esenciales de un acto administrativo, a saber: competencia (dictada por el \u00f3rgano directivo de la Facultad de Derecho ), causa (la p\u00e9rdida de confianza por parte de la Dra. M. P. respecto de un dependiente en raz\u00f3n de las acusaciones p\u00fablicas que este \u00faltimo hizo en contra de aquella), objeto (la destituci\u00f3n de N. de la C. G. de su cargo), procedimiento (la elevaci\u00f3n por parte de la Decana al Consejo Directivo de la petici\u00f3n, el tratamiento por parte de este, la deliberaci\u00f3n y la debida votaci\u00f3n), motivaci\u00f3n (se explica la atribuci\u00f3n que tiene el Consejo Directivo de designar y separar de sus cargos a los Secretarios Acad\u00e9micos por el voto de las dos terceras partes de sus miembros) y finalidad, con lo que no puede dudarse de su caracterizaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>Los camaristas afirmaron que \u201cla Universidad de Buenos Aires es un sujeto de derecho p\u00fablico, como bien lo se\u00f1ala el art. 1 de las bases de su Estatuto, que a pesar de su autonom\u00eda es parte del Estado Nacional\u201d, y que siendo dicha casa de altos estudios \u201cuna dependencia estatal, los hechos ocurridos dentro de ella deben ser juzgados por Magistrados con competencia Federal\u201d. As\u00ed la Sala II confirm\u00f3 la resoluci\u00f3n dictada el 22 de noviembre de 2016 por la jueza Larocca, y orden\u00f3 remitir la causa a la \u201cC\u00e1mara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal a efectos de que se desinsacule el juzgado de dicho fuero que deber\u00e1 continuar con el tr\u00e1mite de las presentes\u201d.-<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>As\u00ed lo confirm\u00f3 la C\u00e1mara de Apelaciones en lo Penal,<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"googlesitekit_rrm_CAoiEKQAcszWB3ENp8kT4cmXl3c:productID":"","footnotes":""},"categories":[59,16,62,513],"tags":[1826],"class_list":["post-64110","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-ciudad","category-noticias-de-la-ciudad","category-pais","category-politica","tag-universidad-de-buenos-aires"],"amp_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64110","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=64110"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/64110\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=64110"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=64110"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/palermonline.com.ar\/wordpress\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=64110"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}