Los comuneros empiezan a decir basta

Acción de amparo (JUZGADO 1 SEC: 1 EXPEDIENTE A69338/2013) contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y solicitud de una medida cautelar de suspender la Ejecución de la Obra ubicada en VIADUCTO DORREGO COMUNA 15 CABA a cargo de la Dirección General de Obras Comunales bajo el EXPEDIENTE Nº 27331195/2013 CONTRATO $557.126,88.-

Aguardando tiempos más que prudenciales, Me vi obligado a presentar una acción de amparo debido a la constante violación del Poder Ejecutivo en el cumplimiento de los artículos 10 y 11 de la Ley Orgánica de Comunas 1777 y de la Constitución de la Ciudad. Ya que no quiero ser cómplice del GCABA de la toma de decisiones arbitrarias e inconsultas en relación a obras que le competen a la junta comunal y al despilfarre de recursos que aportan los vecinos de nuestra y demás comunas.

Fui elegido para cumplir con la función mandatada por mis vecinos, y el GCABA sistemáticamente me impide llevarla a cabo. En este caso concreto me anoticié por mis vecinos de la Obra “Muros Verdes VIADUCTO DORREGO”, ubicada en Dorrego y las vías del San Martin, COMUNA 15, CABA. La obra consiste en poner plantas en las paredes del viaducto con un costo de $557.126,88 en un plazo de obra de 45 días por el Vivero Cuculo SRL. Este contratista casualmente ha ganado muchas licitaciones durante la gestión de Mauricio Macri, a destacar la construcción durante el año 2011/2012 de caniles en 15 espacios verdes por un monto de $1.802.294,85($120.152,99 cada canil). El proyecto “Muros Verdes VIADUCTO DORREGO”, a cargo de la Dirección General de Obras Comunales bajo el EXPEDIENTE Nº 27331195/2013 MONTO DEL CONTRATO: $557.126,88; fue puesto en marcha sin la consulta previa que merece la Junta Comunal, y los vecinos, hayan votado a quién hayan votado, se les desconoce un Órgano que fue creado para impulsar el principio de proximidad entre la administración y el administrado. Nada de esto se cumple por lo que es necesario un llamado de atención y por tal motivo acudí a la Justicia.

Creo disponer de legitimación para acudir a la misma y para reivindicar la posibilidad de participar en cada decisión, tal como lo contempla la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Cada vez que el Ejecutivo avanza inconsultamente en materia que es competencia de esta Junta Comunal, impidiendo (usurpando) el ejercicio de la función. Hay sobrada razón para que cada uno, varios, o todos, acudan al Poder Judicial para que resuelva si se ha producido o no una invasión del Ejecutivo en las COMPETENCIAS ya sean exclusivas o concurrentes de este Organismo que ha sido elegido democráticamente por los vecinos de la Comuna.

Carlos “Lito” Grisafi

Juntista de la comuna 15