Los 15 Comuneros nos reuniremos con
Eduardo Macchiavelli
Sec. de Gestión Comunal y Atención Ciudadana
para exigirle que cumpla y aplique el fallo de la justicia.
El jueves 28 de febrero, los 15 comuneros y comuneras junto con referentes vecinales de distintas comunas y el Legislador de la Ciudad Pablo Bergel, concurrimos a la Jefatura de Gabinete solicitando una reunión en carácter de urgente al Secretario de Gestión Comunal y Atención Ciudadana Eduardo Macchiavelli.
Después de casi tres horas de espera, fuimos recibidos por el Responsable de área de la Subsecretaria de Descentralización y Participación Ciudadana, Sergio Costantino, con quien, luego de un intenso debate se acordó la reunión de los 15 comuneros y comuneras con el Secretario Eduardo Macchiavelli para el día 8 de marzo a las 8hs. en un lugar a confirmar por el propio Macchiavelli.
Hace unos días la Justicia falló a favor de las Comunas, suspendiendo provisoriamente primero la aplicación del Decreto 376/11, y luego declarando definitivamente ilegítimas a las UACs que creaba dicho decreto. Si con el primer fallo avalaba una discusión acerca de la naturaleza de las UACs, y el sentido de la descentralización, sentando un precedente inigualable; el segundo fallo se expide sobre la cuestión de fondo, eliminando definitivamente a las UACs como prolongación ilegítima de los CGPCs.
Ahora es tiempo de exigir al Gobierno de la Ciudad que lo cumpla.
*Imágenes del 28 de febrero 2013: http://www.youtube.com/watch?v=kZgWi8vgOr4&feature=youtu.be
Bloque de Comuneros
Comuna 1: Marita Lavalle (Partido Socialista en el FAP)
Comuna 2: Luciano Umérez (Movimiento Emancipador)
Comuna 3: Alberto Lacherra (Partido Socialista Auténtico)
Comuna 4: Miguel Vayo (Proyecto Sur)
Comuna 5: Patricia Machado (Proyecto Sur)
Comuna 6: Martín Iommi (Proyecto Sur)
Comuna 7: Jorge Sanmartino (Proyecto Sur)
Comuna 8: Alejandra Camiña (Proyecto Sur)
Comuna 9: Ruben Tzanoff (Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) en Proyecto Sur)
Comuna 10: Maru Lopes (Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) en Proyecto Sur)
Comuna 11: Paula Resels (Partido Socialista Auténtico)
Comuna 12: Basilio Sioutis (Movimiento Emancipador)
Comuna 13: Julieta Costa Díaz (Partido Socialista Auténtico)
Comuna 14: Marcelo Charlon (Movimiento Emancipador)
Comuna 15: Carlos Méndez (FAP)
Qué dice el Fallo de la Justicia
El Fallo declara que las Unidades de Atención Ciudadana “van más allá del ejercicio de
actividades desconcentradas del Ejecutivo, inmiscuyéndose en la coordinación de los servicios,
en su disposición en las sede comunales y sus relaciones con la comunidad”, apela a la regla de
la Independencia de los poderes públicos, y de los órganos constitucionales, y al mismo tiempo
señala el sentido de “impenetrabilidad” de las competencias de las Comunas, marcando – una
vez más – la diferencia con la desconcentración de servicios. Retoma el carácter participativo de
la democracia tal como lo señala la Constitución de la Ciudad como un elemento significativo
a la hora de evitar “actos que signifiquen intromisión o menoscabo de las funciones de
competencia exclusiva de las comunas o lesionen su participación en las competencias
concurrentes”.
Por último, cita la precisión de la Ley 3233 en relación al Cronograma de Transferencias. En
relación al Decreto que declara ilegítimo (376/11), este fallo de la Justicia nos da la razón a
los que decimos que “las UAC (Unidades de Atención Ciudadana) parecerían “subrogar” a
los disueltos CGPC”, aclarando que la Coordinación se debe llevar adelante en el marco de
lo establecido por la ley 1777. El decreto siendo declarado un acto reglamentario de inferior
jerarquía, que desnaturaliza el sistema que la Ley propone, por la vía de mantener en la
estructura del Gobierno Central, competencias que por decisión legislativa corresponden a
las autoridades comunales, debe ser, según la Justicia con la que tenemos pleno acuerdo,
ILEGÍTIMO, y por tanto sus funciones absorbidas por las Juntas Comunales.
Este fallo llega a hacer justicia en el sentido del proceso de descentralización, en el marco de
un gobierno que ha abundado en incumplimientos. Los queremos señalar, a modo de marco y
balance, para que nos señale el camino de lo que hay que revertir.
Los incumplimientos de Macri y su gobierno
En relación a las COMUNAS
1) Ley de Comunas
Meses antes de las elecciones, hubo un intento fallido por parte del macrismo de
modificar la Ley de Comunas, mediante un proyecto del Diputado Borrelli que proponía
eliminar muchos artículos, intentando quitarle todo vestigio de democracia participativa
y control, concentrando todo el poder en los presidentes de las Juntas Comunales.
2) Creación de las UAC – Unidades de Atención Ciudadana.
Este hecho fue denunciado como inconstitucional por nuestro bloque, que presentó
acciones de amparo para defender el proceso de descentralización, de un gobierno
que no tiene ningún reparo en por pasar por sobre la ley de Comunas, atribuyéndole
funciones a las UAC que corresponden a las Comunas, centrando todos los recursos y
personal a que dicho organismo funcione mientras vacía las mismas, y prolongando la
vida de los viejos CGPCs cuando la Ley expresamente los anula.
Del indigno 0,4% asignado a las Comunas para el período 2012, a las comunas no llegó
más que 3 cajas chicas de $25.000, siendo el conjunto absorbido por la Subsecretaría
de Gestión Comunal y Atención Ciudadana (Jurisdicción 90). NO haber tenido
presupuesto propio y jurisdicción significó que no pudimos ejecutar partidas, solo
recibimos “Cajas chicas”. La “unidad jurisdiccional que argumentan, redunda en que
solo Macchiavelli decide qué hacer con el dinero de las Comunas, incurriendo en una
sistemática falta de consulta para la realización de obras.
4) Consejo de Coordinación Intercomunal
No se conoce ni difunde el Reglamento de los Consejo de Coordinación Intercomunal,
que más que un Consejo creado por Ley que debiera ser público, abierto y transparente,
son plenarios del PRO a los que nadie tiene el beneficio de tener acceso. Los temarios
no se conocen, los presidentes van sin mandato de las Juntas, y no se publican actas de
sus reuniones.
5) Jurisdicción Comunal
En los Presupuestos para los períodos 2012 y 2013, NO se le otorgaron la
correspondiente Jurisdicción a las Comunas. La Ley 4471 no tiene el correspondiente
desglose, y no refleja las necesidades expresadas en los proyectos de ley de presupuesto
que se elaboraron desde las Juntas Comunales y los Consejos Consultivos. No crean 7
áreas sino 4, lo cual pone seriamente en duda la voluntad del Poder Ejecutivo de darle
tareas a cada uno de los 105 comuneros de la Ciudad.
6) Recursos Humanos
No se conoce la totalidad del personal de planta asignado a las Comunas, ni se cuenta
con acceso a la información, ni se habilita a los comuneros a nombrar personal.
7) Recursos materiales
Falta de oficinas, escaso espacio físico y falta de insumos materiales ha sido el
constante problema desde el 11 de diciembre de 2011.
8) Software de gestión administrativa
En la mayoría de los casos, no se cuenta con usuario y contraseña al SADE y hasta la
fecha se ha negado el acceso al SAP, SIGAF, SUACI, etc.
9) Medios de Difusión
La difusión de información y su contenido es centralizada por parte del Gobierno de la
Ciudad, y en la mayoría de los casos las gacetillas siguen manteniendo amarillas como
si no existiera pluralidad en las Juntas Comunales.
10) Transferencias de Competencias
Hasta la fecha, no ha cumplido con el cronograma de transferencias elaborado y
presentado por el gobierno macrista ante la Legislatura. Las Comunas han sido
excluidas en los siguientes procesos al día de la fecha:
Elaboración del Plan de Poda 2012.
•
En el traspaso de los guardianes de plaza a las Comunas, no se sabe el
destino de los mismos.
•
Se la ha excluido en la planificación, prestación y control en las
licitaciones del Servicio de Higiene Urbana y Alumbrado Público.
•
No participó en la planificación de la transferencia del Poder de Policía,
establecida por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 453/12.
En relación a las obras COMUNALES[1]
La regla general para la obra o la contratación de servicios por parte del Estado es la licitación
pública, donde en un marco de mucha mayor transparencia y publicidad compiten por la
contratación, todas las personas físicas o jurídicas interesadas en contratar con el Estado. En
cambio la licitación licitación privada la discrecionalidad de funcionario en amplísima, pues el
mismo que está contratando es el que invita a una limitada cantidad de empresas (5) a presentar
ofertas, y la publicidad del llamado a licitación es mínima lo que atenta contra la obtención de
mejores valores y alienta la concentración de las obras en un pequeño número de empresas El
que hizo de la excepción una regla es el Secretario Gestión Comunal y Atención Ciudadana,
Eduardo Macchiavelli.
De un total de 32 procesos licitatorios el 35% lo hizo por el mecanismo de licitación privada,
repartiéndose entre cuatro empresas un total de $ 8.742.320.
El 95% de las obras licitadas corresponden a las competencias exclusivas de las Comunas, es
decir, SOLO de las Comunas, como lo establece la Constitución de la Ciudad y la Ley 1777.
No se trata del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, se trata de la Secretaría de Gestión
Comunal y Atención Ciudadana que es la encargada de ejecutar el plan de transferencia de
competencias a las comunas que hasta hoy no lo ha puesto en marcha. Por el contrario, el
Secretario Eduardo Macchiavelli ejecuta dinero que deberían gestionar las comunas.
Está claro que las Juntas Comunales, con una integración plural y la atenta observación de
los vecinos y organizaciones que participan Consejos Consultivos Comunales, garantizarían
la administración de estos recursos públicos con mayor transparencia, eficiencia y apego a la
legalidad.
A partir del jueves 21 de febrero, primer día hábil después de emitido este fallo, los
15 comuneros, presentamos en nuestras respectivas Juntas Comunales un Proyecto de
Resolución para que se aplique el dictado de la justicia en la órbita de las Comunas.
Comuna 1: Marita Lavalle (Partido Socialista en el FAP)
Comuna 2: Luciano Umérez (Movimiento Emancipador)
Comuna 3: Alberto Lacherra (Partido Socialista Auténtico)
Comuna 4: Miguel Vayo (Proyecto Sur)
Comuna 5: Patricia Machado (Proyecto Sur)
Comuna 6: Martín Iommi (Proyecto Sur)
Comuna 7: Jorge Sanmartino (Proyecto Sur)
Comuna 8: Alejandra Camiña (Proyecto Sur)
Comuna 9: Ruben Tzanoff (Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) en
Proyecto Sur)
Comuna 10: Maru Lopes (Movimiento Socialista de los Trabajadores (MST) en
Proyecto Sur)
Comuna 11: Paula Resels (Partido Socialista Auténtico)
Comuna 12: Basilio Sioutis (Movimiento Emancipador)
Comuna 13: Julieta Costa Díaz (Partido Socialista Auténtico)
Comuna 14: Marcelo Charlon (Movimiento Emancipador)
Comuna 15: Carlos Méndez (FAP)
