Rezonificación de predios desafectados del uso ferroviario
Exp. Nº 3194-D-2012
Decreto de desafectación
Obligaciones que impone el Código de Planeamiento Urbano
Obras en marcha
Superficie ya construída
11 de diciembre de 2012 – 15:00 hs
Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires
Salón Presidente Perón
Inscripción: desde el 12/11/2012 al 06/12/2012 a las 15:00 hs.
1. El decreto PEN Nº 1723/2012, de desafectación de los predios ferroviarios tiene visos notables de irregularidad: no desafecta del dominio público, desafecta del uso ferroviario (hecho ya consumando por los Decretos 1.090/97 y 837/98 de Carlos Saúl Menem y sus ministros) y dispone su utilización para el “desarrollo de proyectos integrales de urbanización y/o inmobiliarios, a cuyos fines instrúyese a la ANSES” y al Ministerio de Economía “para que constituyan una Sociedad Anónima”. A su vez, la Agencia de Administración de Bienes del Estado “deberá instrumentar la transferencia a título gratuito de los inmuebles consignados …, a favor de la Sociedad Anónima mencionada en el artículo precedente”.
Todo ello en abierta contradicción con art. 75 – inc. 5 de la Constitución Nacional, que otorga facultades sólo al Congreso de la Nación para «Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional».
2. Según la Ley Nº 449 – Código de Planeamiento Urbano
3.1.2 Proporción de terreno destinado para uso y utilidad publica. … En el parcelamiento de tierras de propiedad del Estado Nacional sujetas a privatización o desafectadas del dominio o de un servicio público se destinará como mínimo el 65% de la superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad. Deberá afectarse especial y preferentemente dicha superficie a la generación de nuevos espacios verdes parquizados…”
3. Las obras ya iniciadas o completadas en la playa ferroviaria de Palermo son dos:
3.a) Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva –MinCyT-, sobre la calle Godoy Cruz, entre las de Paraguay y Soler. Por la ley Nº 3146 debe hacer efectivo el 65 % / 35 % que fija el CPU. La superficie de terreno a ocupar, en total, será de 6.100 m2.
3.b) Shopping en construcción: obra ejecutada por CRISBA para la empresa IRSA, ubicada entre la Av Juan B Justo y calles Paraguay y Godoy Cruz hasta la continuación virtual de la calle Güemes. Superficie de terreno ocupada: 35.876 m2.
4. Las superficies construidas y a construir dentro de la ex playa ferroviaria suman 42.000 m2 (exactamente 41.976 m2.)
5. tomando como dato base los 42.000 m2 contabilizados y siguiendo el texto del CPU, esa cifra corresponde al 35 % construído; en base a eso tenemos que contar que el 65 % dedicado a “uso y utilidad pública”, deben ser 78.000 m2, o sea, el resto de la superficie de la ex playa ferroviaria de Palermo, donde deberían incluirse la apertura de la calle Soler (ya efectuada) y de la calle Costa Rica (prevista en el proyecto); el resto de los 120.000 m2 (que es la superficie total del predio), debe ser espacio verde público.
En síntesis: para cumplir con el Código de Planeamiento Urbano, no se puede construir más.
Además,
– la superficie restante de la ex playa ferroviaria de Palermo está totalmente ocupada por concesionarios y construcciones de diverso tipo. Muchos sectores están en obra. No hay informes de la Administración de Inmuebles Ferroviarios Soc del Estado -ADIF SE- sobre esos ocupantes actuales, es decir, sobre concesiones, permisos de uso o cualquier otra forma de cesión de sectores de su superficie.
– El proyecto aprobado en 1ª lectura por Exp. Nº 3194-D-2012 no tiene planos mensurados. El pequeño esquema que se acompaña no tiene escala ni medidas. No se sabe qué superficie quedaría ocupada por las edificaciones, cuanto por espacio público (calles y veredas) y cuanto por espacios verdes públicos-
– El proyecto de ley ni siquiera atisba a solicitar una Evaluación Ambiental Estratégica acerca de las consecuencias de instalar sectores de “equipamiento” y residenciales de “alta densidad” sobre la Av Juan B Justo y la calle Godoy Cruz, arterias ya seriamente comprometidas por el tránsito vehicular existente.
El proyecto de ley aprobado en 1ª lectura por Exp. Nº 3194-D-2012, nada dice sobre:
– la conservación de los valiosos galpones ferroviarios que están dentro del predio. Deberían ser reciclados para darle usos culturales y educativos públicos.
– que la calle Godoy Cruz todavía se inunda y, de instalarse algo sobre su borde, sufrirá ese efecto.
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