Ciudadanos por Comunas. SUBTE A – COMUNICADO

Vista la decisión del Gobierno de la Ciudad de cancelar por dos meses el servicio de la línea A del Subterráneo y sacar de servicio las formaciones de vagones La Brugeoise, comúnmente llamadas Las Brujas, Ciudadanos por Comunas (CXC) se ve en la obligación de hacer públicas las siguientes consideraciones:

La ampliación, modernización, aumento de frecuencias, de comodidad y de seguridad de los medios de transporte público de la Ciudad de Buenos Aires, es una obligación irrenunciable del Gobierno de la Ciudad, por lo cual hacerse cargo de mejorar el servicio de la línea A es necesario y debería extenderse a todas las líneas de subterráneos y de transporte público de la Ciudad.

En cuanto al contenido de las decisiones tomadas – teniendo en cuenta que afectan los hábitos, medios de transporte, calidad de vida y patrimonio de los vecinos de la Ciudad – consideramos que algunos aspectos de las mismas son inadecuados, porque:

1. La suspensión del servicio perjudica a miles de vecinos usuarios y a cientos de comerciantes, sin haber tenido esta situación la debida consideración ni solución en la planificación de las acciones llevadas adelante.

2. Se perjudica seriamente el patrimonio de la Ciudad de Buenos Aires en su conjunto y de cada Comuna afectada en particular, menoscabando la importancia de las identidades barriales en el plan de acción del Gobierno de la Ciudad sobre las formaciones de esta línea que – es importante tenerlo en cuenta – estaban funcionando en perfectas
condiciones hasta su suspensión.

En cuanto a la forma en que se han tomado las mencionadas decisiones, el Gobierno de la Ciudad no ha cumplido con la obligación de darle participación a las Comunas involucradas de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 inciso b) de la Ley de Comunas, según el cual las Comunas tienen a su cargo en forma concurrente con el Poder Ejecutivo “la
decisión, contratación y ejecución de obras públicas, proyectos y planes de impacto
comunal…“.

3. Por su parte y en forma complementaria, las Juntas Comunales de las Comunas implicadas, no han intervenido en dichas decisiones, incumpliendo con sus siguientes obligaciones de:

4.
a. “Preservar el patrimonio y la identidad de los barrios” (Artículo 3 inciso f Ley 1777)

b. Hacer “la evaluación de….necesidades sociales en su ámbito territorial” (Articulo 11 inciso d Ley 1777) específicamente en lo referido a la necesidad de sus vecinos de viajar y de desarrollar normalmente los comercios.

Por todo lo anterior CXC demandará a las Juntas Comunales de las Comunas afectadas por estas decisiones, por su no intervención en las acciones que el Gobierno de la Ciudad está realizando en el Subte A.

Ciudadanos por Comunas
ciudadanosporcomunas@gmail.com