Aprueban empréstito para financiar subtes, integrar barrios y viaductos ferroviarios

El Poder Ejecutivo fue autorizado a contraer empréstitos y a emitir títulos de deuda hasta 305 millones de dólares estadounidenses que deberán ser destinados a la primera etapa de modernización de la Línea D de subtes, a la integración de los barrios Rodrigo Bueno, Playón de Chacarita y Villa 20 y a los dos viaductos ferroviarios, uno del San Martín y otro del Mitre ramal Tigre.

El Cuerpo Parlamentario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires autorizó hoy al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, a contraer en el mercado local y/o internacional uno o más empréstitos con organismos multilaterales de crédito, bancos de desarrollo, instituciones financieras de fomento de las exportaciones así como bilaterales de desarrollo y/o cualquier otra institución financiera y a emitir títulos de deuda por un plazo mínimo de amortización de un año y un monto máximo total de hasta 305 millones de dólares estadounidenses o su equivalente en pesos, otra u otras monedas.

Además, lo facultó a ampliar por ese monto, el Programa de Financiamiento en el Mercado Local -PFML, creado por Ley N° 4315 y/o el Programa de Asistencia Financiera -PAF, instrumentado por la Ordenanza N° 51.270 en ambos casos, según sus normas modificatorias y complementarias.

Por otra parte, las operaciones de crédito público tendrán como destino el financiamiento de tres proyectos:

– Modernización de la Línea D (Etapa I) de la red subterráneos, por hasta U$S 105.000.000.

– Procesos de Integración Socio-Urbana, hasta U$S 100.000.000, en los barrios Rodrigo Bueno, Playón de Chacarita y Villa 20.

– Obras y gastos asociados a los Viaductos Ferroviarios elevado en las vías del Ferrocarril General San Martin, en el tramo comprendido desde aproximadamente la estación Palermo hasta La Paternal; y en las vías del Ferrocarril Mitre (Ramal Tigre), entre la Avenida Dorrego y la Avenida Congreso, por un monto máximo total de hasta USS 100.000.000.

La ley prevé que «podrán constituirse plazos fijos en dólares estadounidenses y/o en pesos y/o en otras monedas, y/u otras inversiones financieras a través del Banco Ciudad de Buenos Aires u otras entidades financieras hasta tanto se efectúe la aplicación definitiva de los fondos provenientes de las operaciones de crédito público» autorizadas por la nueva normativa.

Los títulos que se emitan en el marco del PAF se suscribirán e integrarán en efectivo. Y en el marco del PFML «podrán suscribirse e integrarse en efectivo, y aquellos denominados en moneda extranjera podrán suscribirse, integrarse y cancelarse en pesos al tipo de cambio aplicable que se acuerde con el/los colocador/es respectivo/s».

Regirá un plazo mínimo de un año a partir de la fecha de emisión. Respecto al precio de emisión, podrán emitirse a su valor nominal y/o con descuento o prima respecto de su valor nominal. Y la tasa de interés podrá ser fija, variable o mixta, con pagos de interés trimestrales, semestrales o anuales.

Podrán ser al portador, nominativos o escriturales, y/o estar representados por uno o varios certificados globales depositados en entidades de registro del país o del exterior: y se emitirán en las denominaciones que se acuerden con el/los colocador/es respectivo/s. Se postula el rescate antes de su vencimiento y se amortizarán a su vencimiento en un único pago o en diversos pagos a realizar durante la vida de los títulos.

Se faculta la emisión de una o más clases y/o series y reabrirlas. incluyendo la reapertura de clases y/o series anteriores. Y en cuanto a la jurisdicción los emitidos en el marco del PAF se regirán por la ley inglesa. «Los conflictos que pudieran presentarse en relación a los títulos, sus cupones, si los hubiera, y los acuerdos relativos a su emisión, serán resueltos por los tribunales de Inglaterra». En tanto, los títulos emitidos en el marco del PFML se regirán por la ley de la República Argentina y los eventuales conflictos quedarían sometidos a la jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteños.

Mediante el artículo 5° se autoriza al Ejecutivo, «a negociar, acordar, emitir y suscribir una o más garantías incondicionales e irrevocables, pudiéndose asimismo afectar los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, o el régimen que en el futuro lo remplace, para el repago de todas las obligaciones que surjan del o los contratos de préstamo, así como también los demás documentos relacionados y/o complementarios que resulten necesarios».

El texto de la ley estuvo sobre las bancas con tratamiento preferencial según fue despachado por la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria a partir del proyecto remitido por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta.

El debate

Desde el oficialismo en el recinto la titular de la Comisión de Presupuesto, diputada Paula Villalba (VJ), informó sobre el contenido del proyecto. Se argumentó que el Plan Integral de Modernización -PIMo- de la red de subterráneos elaborado por Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado -SBASE, es uno de los proyectos más importantes dentro del plan de mejora de frecuencia y modernización del subte. Y que se procura reducir el tiempo y costo de los viajes de superficie, disminuir el costo social por accidentes y daños a la salud, preservar el medio ambiente, entre otros beneficios.

Por otra parte se mencionó que «la búsqueda de financiamiento responde a la necesidad de cubrir el costo del desarrollo del Sistema de señalamiento Communications-Based Train Control (CBTC), la readecuación del sistema de alimentación eléctrica y el Plan de Accesibilidad, Circulación y Emergencia (PACE) Sarmiento, siendo el resto de los componentes financiados por SBASE.

Respecto al financiamiento de los Procesos de Integración Socio-Urbana, explicaron que comprende integración urbana, habitacional y socio-económica. Alcanza la conectividad en términos de red de transporte público, espacio público, servicios culturales y turísticos; la construcción de viviendas nuevas, el mejoramiento de las actuales; la conexión a la red de servicios básicos, el desarrollo de habilidades de cada vecino en términos de educación y empleabilidad, entre otras acciones.

En cuanto a los viaductos se aludió a que las obras han sido objeto de diversos convenios celebrados entre el Estado Nacional y el GCABA al amparo del Convenio Marco en Materia de Transporte Ferroviario, aprobado por Ley N°2818 (Texto consolidado por Ley N° 5666), que previó la posibilidad de celebrar convenios complementarios destinados a concretar acciones, programas y proyectos comunes o de asistencia para alcanzar los objetivos allí asignados. En particular, las partes se comprometieron a realizar conjuntamente sus mayores esfuerzos para garantizar un desarrollo eficiente y eficaz del Sistema de transporte ferroviario en el ámbito de la Ciudad, a los fines de la prestación del servicio público. Y adicionalmente, se declararon de interés estratégico, en razón de lo cual el Estado Nacional se comprometió a aportar asistencia económica financiera a la Ciudad, acorde a un cronograma de avance y certificación de obra y a su disponibilidad presupuestaria. Incluso, se estableció que la Ciudad a través de AUSA, implementará los proyectos, siendo ambos los responsables primarios de la ejecución.

El diputado Claudio Cingolani (VJ) destacó la política de obras públicas que impulsa el Ejecutivo. Explicó que «de una deuda de 2.900 millones de dólares más del 42% está pesificada» y que «la colocación se enmarca en un proceso de desarrollo sustentable».

En tanto, María Rosa Muiños (BP) argumentó la negativa de su bloque y Marcelo Depierro (MC) si bien manifestó su acuerdo a tomar deuda señaló que «no es momento de endeudarse en dólares». En el mismo sentido y por razones de «vulnerabilidad» se pronunció Gabriel Solano ((FIT), autor de una observación al proyecto de ley. Patricio Del Corro (PTS-FI) también demostró su oposición por «tratarse de una sangría de divisas».

Roy Cortina (PS) expuso la abstención del socialismo: «aunque tomar deuda es un mecanismo válido para aplicar a obras de infraestructura, el Ejecutivo ha demostrado inconsistencias y aprobar este proyecto podría encubrir una delegación del poder legislativo» señaló.

Sobre 59 legisladores en sus bancas, pasado el mediodía la ley resultó aprobada con 34 votos afirmativos (VJ), 16 negativos (UC, BP, PTS-FI, AyL, FIT) y 9 abstenciones (Gen, PS, MC, Evolución).