Incendio en Palermo: ¿Qué cubre el seguro?

SEGUROS DE INCENDIO
Cubre los daños al inmueble ocasionados por la acción directa del incendio, los daños causados por el calor, el humo, el vapor, o los medios empleados para extinguir o contener el fuego, remoción de escombros y traslado de muebles, inhabitabilidad de la vivienda, daños por explosión y daños por efecto de rayos.

Cubre los daños al inmueble ocasionados por la acción directa del incendio, los daños causados por el calor, el humo, el vapor, o los medios empleados para extinguir o contener el fuego, remoción de escombros y traslado de muebles, inhabitabilidad de la vivienda, daños por explosión y daños por efecto de rayos.

Daños directos:
Impactos de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes componentes y/o cargas transportadas.
Humo que provenga de desperfectos en el funcionamiento de cualquier aparato de calefacción ambiental y/o cocina instalados en el bien asegurado.

Daños indirectos:
Cualquier medio empleado para extinguir, evitar o circunscribir la propagación del daño.
Salvamento o evacuación inevitable a causa del siniestro.
La destrucción y/o demolición ordenada por autoridad competente.
Consecuencia del fuego y demás eventos amparados por la póliza, ocurridos en las inmediaciones.
Extravío en ocasión del traslado de los bienes objeto del seguro con motivo de las operaciones de salvamento.

El Asegurador indemnizará los Daños Materiales causados a los bienes objeto del seguro por la acción Directa o Indirecta del FUEGO, RAYO O EXPLOSION. Se entiende por fuego toda combustión que origine incendio o principio de incendio. No obstante, el Asegurador será responsable por:

a) Daño Material Directo: El Asegurador indemnizará también por todo Daño Material Directo, producido a los bienes objetos del seguro causados por o en ocasión de o como

consecuencia de:
1. Hechos de tumulto popular, huelga y lock-out, excepto lo mencionado en el item 2 “Exclusiones a la cobertura” incisos “n”, ”o”.

2. Otros hechos de vandalismo y malevolencia, aunque no se originen en las
circunstancias del inciso 1) y siempre que no formen parte de una situación de guerra civil o internacional, rebelión, sedición o motín o guerrilla, excepto lo mencionado en el item 2 “Exclusiones a la cobertura” incisos “n”, ”o”.

3. Impacto de aeronaves, vehículos terrestres, sus partes componentes y/o carga transportada. No obstante, el ASEGURADOR no responderá cuando éstos fueran propiedad del Asegurado o se encontraran bajo su custodia y/o de los inquilinos del bien objeto del seguro y/o sus dependientes y familiares de cualquiera de ellos; incluso tampoco responderá por los daños producidos por impacto de la carga transportada por vehículos terrestres en el curso de maniobras de carga y descarga.

4. Humo que provenga del incendio ocurrido en el bien asegurado o en las
inmediaciones cuando éstas sean menores a un (1) kilómetro, o de desperfectos en el funcionamiento de cualquier aparato que forma parte de la instalación de calefacción ambiental y/o cocina instalados en el bien asegurado y siempre que en el caso de quemadores de combustibles se hayan previsto los correspondientes conductos para evacuaciones de gases y/o humo, conforme a las reglamentaciones en vigor. Se aclara que queda excluido lo mencionado en el item 2 “Exclusiones a la cobertura” inciso ”s”.

b) Daño Material Indirecto: El Asegurador únicamente responderá por los Daños Materiales Indirectos a los bienes objetos del seguro, causados por o en ocasión de o como consecuencia de:

1. Cualquier medio empleado para extinguir o evitar un incendio o para circunscribir su propagación.
2. El salvamento o evacuación inevitable a consecuencia del siniestro.
3. La destrucción y/ o demolición ordenada por autoridad competente.
4. Las consecuencias del fuego y demás eventos amparados por esta póliza ocurridos en las inmediaciones.

c) Extravíos: La indemnización por Extravíos durante el siniestro, comprende únicamente los que se produzcan en ocasión del traslado de los bienes objeto del seguro con motivo de las operaciones del salvamento.

LA CRONICA DEL INCENDIO
El departamento que se incendió queda en el décimo piso de una torre ubicada en la Avenida Figueroa Acorta 3023 (y Tagle) en pleno barrio porteño de Palermo. Las llamas se desencadenaron en el living de la propiedad donde se encontraban dos personas mayores de edad junto a dos menores.

El humo negro y los gritos de algunos desgarradores de algunos vecinos en pánico irrumpieron la tranquilidad de la noche. Tres dotaciones de Bomberos llegaron al lugar y evitaron que el fuego se propague.

Toda la manzana fue evacuada y cortaron durante el operativo la calle para evitar otro tipo de incidentes.

Como consecuencia tres personas fueron hospitalizadas debido a que habían inhalado monóxido de carbono.